La Asociación Nacional de Detallistas de Gasolinas (Anadegas) denunció este viernes que las empresas distribuidoras de combustibles se quedan al año con unos dos mil millones de pesos, debido a que no venden los carburantes a una temperatura de 15 grados en violación a la ley 112-00 de hidrocarburos. El doctor Rafael Polanco, presidente de la entidad, interpuso un recurso por ante el Tribunal Superior Administrativo, para obligar a las distribuidoras de combustibles y al ministro de Industria y Comercio, José del Castillo Saviñón, ajustarse a las leyes vigentes.
Sostuvo que 48 estaciones afiliadas a Anadegas intimaron ayer al ministro de Industria y Comercio para que de manera forzosa obligue a las empresas mayoristas a vender los combustibles ajustado a una temperatura de los 15 grados centígrados.
La ley 112-00 establece que los mayoristas deben vender los combustibles ajustado a 15 grados en la facturación de cada pedido de los detallistas de carburantes.
Polanco externó que durante más de 18 años las compañías mayoristas tradicionales, como Texaco, Shell, Esso e Isla, han despachado los combustibles a los detallistas sin el ajuste en la factura a 15 grados, por lo que se quedan con unos dos mil millones de pesos al año.
Lo que pedimos al ministro Castillo Saviñón es que proceda a notificar a las compañías mayoristas para que cumplan con la ley de vender los combustibles a 15 grados centígrados, ya que así lo establece la ley 112-00, sobre el ajuste por temperatura, apuntó.
Indicó que para la audiencia del próximo día 20, se citó a la Refinería Dominicana de Petróleos (Refidomsa), para que emita los conduce de despachos de combustibles a cada camión cisterna, y entregue a los detallistas los ajustes de 15 grados, como lo establece la resolución 392-02 de Industria y Comercio.
Anadegas otorgó un plazo de cinco días para que los interventores forzosos y voluntarios presenten por escrito el pedido de la parte accionante.
Refirió que las empresas distribuidoras no se ajustan a la ley a pesar de existir dos sentencia de la Suprema Corte de Justicia y una del Tribunal Constitucional, que establecen la constitucionalidad de la resolución 64-95.
Esa resolución ordena a los mayoristas reconocer a los detallista el diferencial de temperatura, que Polanco afirma las empresas distribuidoras han venido hurtando a los detallista durante años en contubernio con las diferentes gestiones de Industria y Comercio.
