Editorial

En buen derecho

En buen derecho

El cierre de tres clínicas por parte del Ministerio Público se presume como una diligencia procesal que formaría parte de una investigación sobre posible comisión de alguna infracción criminal, pero el secretismo que rodea esa acción es incompatible con la obligación de la fiscalía de salvaguardar los derechos de personas físicas o jurídicas objetos de la indagatoria.

Aun se trate de que la presunción de que se ha cometido un grave crimen se sustente en evidencias fehacientes, las autoridades están en obligación de informar sobre el tipo de ilícito penal que se intenta esclarecer con el cierre de esos centros asistenciales.

El juez de atención permanente que concedió autorización para allanar las clínicas del Grupo Médico Integral habría valorado positivamente los motivos argüidos por el Ministerio Publico, como alguna razón válida tendría la fiscalía para disponer su cierre.

Lo que resulta extraño es que las autoridades acometan un aparatoso operativo que incluye el cierre de tres clínicas sin que se informe a la opinión pública sobre los aspectos formales de esa diligencia procesal, máxime si se requiere cumplir con el precepto constitucional de preservar los derechos de los propios investigados.

Ninguna investigación a cargo del Ministerio Público puede ser completamente secreta o manifiestamente pública. Se requiere preservar el derecho del investigado a ser debidamente informado sobre el contenido del requerimiento y el de la ciudadanía a estar informada sobre un asunto de orden público.

El rumor público suple la deficiencia de las autoridades en el plano de la información sobre las razones del allanamiento y cierre de esas clínicas, lo que conspira contra la sanidad de la propia investigación, además de causar daños colaterales a una comunidad empresarial que ha sido secuestrada por la incertidumbre.

El tipo de ilícito penal que se presume investigan los fiscales tiene ribetes de espeluznante, motivo más que suficiente para que el Ministerio Público ilustre a la población sobre formalidades básicas de sus diligencias procesales, sin perjudicar el propósito de esclarecer debidamente el hecho que se investiga.

Se reclama que en esa y en cualquier otra investigación, Policía, jueces y fiscales se ciñan a la ley penal y al Código Procesal Penal, en la seguridad de que si ha lugar a una acusación se recolectarán las pruebas necesarias para suplir una condena ejemplar, o en caso contrario liberar a los indagados de toda sospecha.

El Nacional

La Voz de Todos