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Insisten condicionar se trate alza salarios

Insisten condicionar se trate alza salarios

Santo Domingo.-La Federación de Asociaciones Industriales (FAI), demandó la suspensión de las discusiones que sobre el salario mínimo hace el Comité Nacional de Salarios y demandó que previamente se cuimpla con la ley de clasificación industrial.

Para ello, la entidad dijo que encabezó la interposición de un recurso de amparo por el incumplimiento de la Ley 187-17, que obliga la clasificación empresarial.

Ramón Porfirio Báez, presidente de la FAI, dijo que el recurso fue hecho en contra del Ministerio de Trabajo y del Comité Nacional de Salarios solicitando la suspensión de la convocatoria del comité nacional de salarios y ordenar a este último tomar en cuenta la clasificación empresarial vigente para la fijación del salario mínimo.

Cerca de diez instituciones que representan los diferentes sectores MiPymes del país se han unido a la FAI para apoyar el recurso.

En ese sentido solicitaron, por medio del recurso, que las reuniones resultado de la convocatoria hecha por el Comité Nacional de Salarios que iniciaron el 21 del mes de febrero del año en curso, para la discusión y debates sobre el reajuste salarial mínimo nacional para los trabajadores del sector privado no sectorizado, sean suspendidas y no se reanuden sin antes cumplir con el mandato de la Ley 488-08 y la Ley 187-17, sobre la Clasificación Empresarial.

La Ley 488-08 sobre régimen regulatorio para el desarrollo y competitividad, de las MiPymes, modificada por la Ley 187-17 sobre Clasificación y Registro Empresarial, la cual establece en sus artículos 1, 2, 4 y 5 la clasificación de las empresas en la República Dominicana, atendiendo al número de trabajadores y al volumen de ventas viene siendo violada por el Comité Nacional de Salario desde su promulgación en el año 2008.

Báez reiteró lo que ha dicho en múltiples ocasiones, que “el Ministerio de Trabajo tiene más de 10 años violando la Ley 488-08 y 2 años violando la Ley 187-17.”

“El resultado de esa violación es la de dificultar, con una clasificación ambigua y desfasada, la formalización de los empleados” y por consiguiente el acceso de los empleados de las micro, pequeñas y medianas empresas a los beneficios del seguro familiar de salud, del seguro de riesgo laboral y del ahorro para sus pensiones.

Recordó que el salario mínimo menor es la barrera de entrada a la formalización, a la Seguridad Social y a tener plenos derechos ante la ley, tanto el empleado como el empleador.

El dato

Beneficios
La clasificación aumenta la seguridad jurídica de las Mipymes y por consiguiente, los índices de competitividad en la categoría de institucionalidad y seguridad jurídica. Igualmente aumenta los empleos formales que suben los ingresos netos de los empleados por tener seguro de salud para ellos y sus dependientes.