Nuestro artículo anterior, sobre el tema de la extinción del proceso penal y la aplicación del artículo 148 del Código Penal, generó un valioso debate en las redes sociales. Y de eso es que se trata, de usar conciencia crítica.
Pero recordemos que Quintaesencia se escribe para el debate en un espacio periodístico reducido, que exige síntesis. No es una revista especializada. Sobre todo, cuando se abordan temas complejos y polémicos.
Procuramos aplicar las técnicas de la claridad, la sencillez y la brevedad compositiva, en las frases, las oraciones, las cláusulas y los párrafos, con la corrección y la propiedad del lenguaje.
Damos prioridad al manejo del estilo para evitar confusiones de conceptos y dificultad en la decodificación que hace el lector apresurado. Los tiempos que vivimos imponen la rapidez, y conspiran contra la reflexión profunda.
Además, siempre hay que tener en cuenta que la lectura de un artículo debe ser realizada con las menores fragmentaciones posibles. No se pueden aislar frases para con ellas responder o criticar al texto completo.
Recordemos que un pretexto es un texto fuera de contexto. Y ese pretexto puede crearse inconscientemente. Sería un error. Nada condenable. Se corrige, sin justificarlo, con otra lectura, detenida y reflexiva.
También el pretexto suele generarse por una mala actitud o predisposición adversarial. Algunos, con sadismo, piden que les diga lo que piensas para llevarte la contraria. Es el “abajo quien suba” y la montonera de hoy.
Ojalá volvamos pronto a realizar los ejercicios de la lectura comprensiva y la construcción y deconstrucción de textos, con análisis críticos.
Así las cosas, nos asombró que algunos queridos amigos interpretaron que nuestra entrega anterior de Quintaesencia tenía el propósito de aniquilar la figura jurídica de la extinción del proceso penal. El objetivo era, precisamente, lo contrario: reclamar el respeto judicial a ese derecho de las personas.
Todos nos beneficiamos de la presunción de inocencia, hasta que sobrevenga una sentencia condenatoria final, con la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Hay que destruir esa presunción en justicia, sin torturar con un juicio eterno, ni con doble juicio.
El Estado es el Leviatán de Tomás Hobbes; el Ogro Filantrópico de Octavio Paz y el monstruo más frío de todos los monstruos fríos de Frederick Nietzsche. Hay que controlarlo, y garantizar los derechos fundamentales.
Se acostumbra a confundir lo que es el plazo razonable, que nos viene del derecho español, con el plazo legal, el consignado en la norma. El primero debe ejercerse cuando no exista el segundo. Y jamás para extender el plazo tasado legalmente. Violaría el principio de la favorabilidad.
Ojo al Cristo que es de palo.