La Procuraduría General de la República emplazó hoy al director de la Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Laureano Guerrero, a entregar cuanto antes mediante inventario los bienes que aún conserva, producto del narcotráfico y lavado de activos. El emplazamiento le fue hecho por la directora de la Unidad de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Gladys Checo, quien exhortó a Guerrero a no dilatar el cumplimiento de las disposiciones legales que facultan al Ministerio Público a administrar esas propiedades.
Afirmó que por mandato expreso de las leyes, decretos y resoluciones vigentes, el Ministerio Público es el órgano del Estado responsable de la custodia y manejo de las propiedades incautadas y que como tal, el procurador es el responsable del cumplimiento de esas disposiciones.
En respuesta al director de la Oficina de Custodia, Checo dijo que a partir del decreto 571-5 de octubre del 2005, la Procuraduría es la responsable de la custodia y administración de dichos bienes.
Sostuvo que es el decreto 571-5 y los artículos 278 y 289 del Código Procesal Penal que ponen a disposición del Ministerio Público dichos bienes, como forma de de asegurar y preservar los elementos de pruebas esenciales en la ocurrencia de una infracción penal.
Así mismo, las resoluciones 14383 y 14390 del 11 de noviembre del 2005 del procurador general de la República, establecen el Reglamento Operativo de la Oficina de Control de Evidencias del Ministerio Público y la creación de la Unidad de Custodia y Administración de Bienes Incautados y la Ley Orgánica 133-11.
La directora de la Unidad de Custodia recordó que la Ley Orgánica 133-11 establece en lo referente al Ministerio Público: “Custodiar y conservar, sin menoscabo alguno, todos los objetos e instrumentos, armas de fuego o de cualquier naturaleza, equipos, bienes muebles e inmueble en general, dinero en moneda nacional o extranjera, documentos, títulos de propiedad o de cualquier otra clase, en fin, todas las evidencias y efectos materiales vinculados al hecho punible…”
Villalona
De igual forma opinó el titular de la de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos, Germán Daniel Miranda Villalona, quien dijo que “el Ministerio Público es el órgano del Estado responsable de la custodia y manejo de los bienes incautados por mandato expreso de las leyes, decretos y resoluciones vigentes y que el procurador general de la República es el responsable del cumplimiento de las mismas”.
Señaló que tomando en cuenta dichas normativas fue creada la Unidad de Custodia y Administración de Bienes Incautados del Ministerio Público, la cual tiene bajo su custodia bienes correspondientes a un total de 45 casos, con trescientos diecisiete inmuebles, de los cuales 82 permanecen bajo custodia del Comité de Antilavado de Activos y su antigua Oficina de administración, por lo que no han podido culminar el proceso de inventario de dichos bienes.
En tal sentido, manifestó, “en más de una ocasión le hemos solicitado al director de Bienes Incautados, Laureano Guerrero, la entrega de dichos bienes como manda la ley, para completar el proceso, pero aún no hemos recibido respuesta”.
Dijo que los ingresos mensuales por arrendamiento de propiedades recibidos por la Unidad de Custodia y Administración de Bienes incautados del MP asciende en pesos a 1 millón 145 mil, más 4 mil cuatrocientos dólares, y otros RD$251 mil que reciben anualmente.

