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Rechaza sometan por la difusión de declaraciones

Rechaza sometan por la difusión de declaraciones

Ningún periodista puede ser sometido a la justicia por difundir las declaraciones que ha formulado una tercera persona, aseguró el  profesor de las escuelas del Ministerio Público  Ricardo Rojas.

Afirmó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha planteado que sólo en casos muy graves de lesiones al honor, la imagen, la intimidad o la dignidad de las personas procede solicitar reparaciones de naturaleza civil.

“La Corte Interamericana, cuyas decisiones son precedentes vinculantes para los tribunales dominicanos, ha acogido la teoría del reportaje neutral, que plantea que cuando un medio de comunicación o periodista se limita a difundir lo que ha dicho otra persona, no puede ser objeto de sanciones de ninguna naturaleza”, explicó al ofrecer una conferencia ante el Círculo Dominicano de Juristas. 

Rojas León sostuvo que la más avanzada jurisprudencia constitucional ha establecido que cuando un periodista se limita a difundir lo que ha dicho otra persona, es un “simple transmisor de noticias de otro”, y no debe exigírsele responsabilidad por los daños ocasionados por la información.

“La teoría del reportaje neutral forma parte del ordenamiento constitucional dominicano, pues República Dominicana no solo es signataria de la Convención Americana de los Derechos Humanos, sino que el país reconoció la competencia contenciosa de la Corte Interamericana”, agregó Rojas León ante un público constituido por jueces, fiscales y abogados,  al dictar una conferencia sobre el “Contenido esencial y los límites de la Libertad de Expresión”.

Rojas León dijo que el ejercicio amplio de la libertad de expresión y del derecho a la información son dos piedras angulares para el fortalecimiento  de toda sociedad democrática, porque contribuyen al debate abierto de las ideas, hechos y opiniones,  así como a la edificación de la  opinión pública.

“Sancionar a un periodista o a un medio de comunicación, por haberse limitado a difundir las declaraciones de un tercero, por más incómodas, inciertas o irritantes que resulten, es una limitación al ejercicio de la libertad de expresión que no es compatible con la Convención Americana de los Derechos Humanos”, sostuvo.

Del mismo modo, dijo que existe abundante jurisprudencia del Tribunal Constitucional Español y del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos que plantea que “si se exige como requisito para publicar una declaración o una información que ésta sea totalmente cierta, se está condenando a los medios de comunicación al silencio”.

Además de las escuelas del Ministerio Público y de la Judicatura,  Ricardo Rojas León, abogado, imparte docencia en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), según una nota enviada a la redacción de El Nacional.

El Nacional

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