Carta de los Lectores

Reforma policial

Reforma policial

Cartas

El cambio constitucional de 2010 colocó a la Policía Nacional bajo la autoridad directa del Presidente de la República (Art. 255); desde el punto de vista administrativo, la Ley Orgánica de la institución la ubica como una dependencia del Ministerio de Interior y Policía, y su estructura dentro del Estado una Dirección General. Empero, su funcionabilidad resulta bastante discutible pues mantuvo los rangos jerárquicos del área militar.

La vigencia del estamento policial, con esas características militares, no encuentra cabida en la construcción del Estado Social y Democrático de Derecho, cargado de contenidos y fórmulas, según las cuales no es posible interpretar una institución o un procedimiento previsto por la Constitución por fuera de los postulados materiales plasmados en los principios y derechos fundamentales.

La existencia de medio centenar de oficiales generales activos en la Policía Nacional, más 1,500 coroneles y tenientes coroneles e igual cantidad de mayores, asignados en alrededor diez regiones en el territorio nacional, constituye una perturbación en las funciones naturales de la institución responsable de velar por la seguridad ciudadana, mantener el orden público y proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas.

Esa estructura limita la posibilidad de supervisión y dirección efectiva por parte del Gobierno, a través del Ministerio de Interior y Policía, colocando en la práctica al Director y la plana mayor de la institución con una autoridad concentrada y descontrolada del poder civil, puesto que resulta ilusorio que el Presidente de la República pueda dedicarse a ejercer esa tarea; su actuación es puramente reactiva cuando desde la institución se desbordan los atropellos.

Así las cosas, el inaplazable cambio en la Policía Nacional debe iniciar por reorientar sus funciones, reasignar los estamentos existentes en dos estructuras formales, una estrictamente controlada por el Ministerio de Interior y Policía, con funciones de fuerza del orden público; y un cuerpo profesional y técnico bajo el control legal y disciplinario de la Procuraduría General de la República, para las investigaciones con fines judiciales, a ser realizadas con métodos científicos, que permita sustituir el actual sistema empírico de investigación, cuyo mejor exponente es la “fuente” proveniente de un infiltrado o soplón, lo cual alimenta la connivencia entre policías y delincuentes.

Por: Lic. Hotoniel Bonilla

El Nacional

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