Un miembro de la Junta Central Electoral (JCE) denunció que el presidente de ese organismo, Roberto Rosario, está ejecutando medidas ilegales y atribuyéndole facultades al suplente que no están contempladas en la Ley Electoral número 275-97. El doctor Eddy Olivares Ortega informó que el presidente del tribunal electoral salió fuera del país y dejó al frente de la institución al suplente Juan Isidro Moreno Gautreaux en vez de haber dejado uno de los miembros titulares como ordena la ley.
Sigue explicando Olivares Ortega que otra violación se produjo porque en el transcurso de la estadía de Rosario Márquez en Ecuador, el suplente doctor Moreno Gautreaux se extralimitó en su mandato al convocar al Consejo Académico de la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC) sin comunicarles la medida a los otros miembros de la JCE y ni siquiera al magistrado José Angel Aquino Rodríguez, coordinador del Consejo de la Escuela.
El miembro titular hizo la denuncia a través de una carta que le remitió al presidente Rosario Márquez, donde dice que la situación en la JCE es más grave porque el suplente Moreno Gautreaux firmó una comunición el 13 de febrero en su calidad de presidente en funciones y ex oficio del Consejo Académico de la EFEC, pero esos cargos no existen en la ley electoral por tanto se atribuyó una falsa calidad.
Dijo que esto evidencia que el suplente del presiente de la Junta Central Electoral usurpó ambas funciones. y se ha excedido el propio mandato que le otorgó el magistrado Rosario.
Se ha informado que en la Escuela Electoral que presidió Moreno Gautreaux se aprobó una resolución donde el tribunal electoral financiaba maestría por más de RD$2.5 millones a funcionarios del tribunal electoral y dirigentes políticos.
Los supuestos beneficiarios de las becas son funcionarios del organismo Alexis Dicló, Pavel Rivas y Mario Núñez, José Pascal y el dirigente del Partido de la Liberación Dominicana Manuel Crespo.
El doctor Olivares Ortega precisó que la Ley Electoral en su artículo cuatro dice que habrá un sustituto del presidente para que en ausencia del presidente maneje los asuntos administrativos, mientras que el suplente del presidente asumirá lo concerniente a lo contencioso electoral.

