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Abogados difieren sobre cobros multas

Abogados difieren sobre cobros multas

Abogados difieren entre sí sobre la decisión de la Procuraduría General de la República de que sea un juez de Paz que imponga las multas a los violadores del toque de queda.
Para el abogado Carlos Balcácer fue un error de la Procuraduría disponer que sea un juez de Paz quien imponga las multas por violación a las normas sanitarias establecidas para reducir la propagación de la covid.

“La multa es una pena pecuniaria con efecto disuasivo que puede ser impuesta por inspectores de Salud Pública y por el Ministerio Público. En todos los países europeos el transgresor llega a un acuerdo y con el pago de la multa está renunciando a ir ante el juez, porque hay que evitar el camino tortuoso que implicaría una prisión provisional y trabajo al tribunal”, consideró Balcácer.

Añadió el litigante que: “Es un error de la Procuraduría inclinar el tema a la justicia. Es verdad que los jueces son los facultados para imponer las multas, pero hay que tener siempre los inspectores de Salud Pública”.

En tanto que para juristas como César Amadeo Peralta, José Parra y Valentín Medrano, la Procuraduría hizo lo correcto, porque con ello enmienda un error judicial.

“En este momento es que se está haciendo lo que manda la ley, y el que viola cualquier disposición con relación al toque de queda puede ser sometido a la justicia por varias infracciones, pero sobre todo por violación al artículo 53 de la Ley de Salud, el cual solo establece multas de uno a diez salarios mínimos”, adujo Amadeo Peralta.

Otro que comulga con ese criterio es el abogado José Parra, quien entiende que el Ministerio Público no es el que debe poner las multas.

“Entendemos que esa es una medida acertada porque la Procuraduría no puede imponer multa ‘motu proprio’, puesto que las multas son decretadas por ley, y el Ministerio Público no había hecho nada para establecer normas al respecto”, infirió Parra.

Para el también penalista Valentín Medrano, la Procuraduría se retractó y con ello se consagró como un cuerpo que procura legitimar sus acciones, lo que es loable, y logró no solo dejar sin efecto su catálogo de multas, sino trazar el procedimiento legal consagrado para las sanciones.

“Queda pendiente que dentro de la buena intención de la Procuraduría de suavizar o mitigar el impacto de las multas que en su gran mayoría van destinadas a personas carenciadas, proponga multas para que sean aprobadas y sean mandato de la ley, con un procedimiento especial y con duración solo mientras permanezca el estado de excepción, ya que hay que reconocer que las multas propuestas por la Procuraduría son menos lesivas, menos altas que las que establece la Ley General de Salud”, precisó.

Disposición

La procuradora general de la República revocó el proceso de revisión que anunció esta semana.

La decisión de la magistrada Miriam Germán Brito revierte la instrucción que había emitido a los fiscales de las distintas instancias del Ministerio Público el 11 de enero de 2021.

La procuradora recordó la necesidad de que el Ministerio Público apoye las acciones del Gobierno y acompañe a toda la población en la implementación de las medidas como el toque de queda y el distanciamiento social.

UN APUNTE

Medida
La PGR dispone que los integrantes del Ministerio Público deberán procurar que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de Estado de Excepción, deberán ser sometidos ante el juez de Paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales.

Domingo Berigüete

Periodista especializado en prensa jurídica y eléctrica