Actualidad

Fallo Cayo Levantado afectó a las partes

Fallo Cayo Levantado afectó a las partes

Con el caso sobre la propiedad del islote Cayo Levantado, en Samaná, salieron perdedores los demandantes y el demandado, en virtud de que el Tribunal Constitucional (TC) estableció mediante sentencia que es un patrimonio nacional que entra en la categoría de dominio público.
Según se desprende de dicha sentencia, el islote no es de los sucesores del finado Andrés Trinidad ni de la empresa Inversiones Whale Bahía, S.A, la cual opera en el lugar el hotel Bahía Príncipe.

En su sentencia, el TC estableció que Cayo Levantado es un bien de dominio público, que entra en la categoría de patrimonio nacional y que por tanto no es susceptible de propiedad privada, porque pertenece a todos los dominicanos. El TC anota que la Constitución y las leyes asignan una enorme importancia a los bienes de dominio público, porque estos consagran de manera expresa que son inalienables, inembargables e imprescriptibles.

También resalta que para el Congreso reducir las áreas protegidas se exige un quórum agravado: el voto de las dos terceras partes de los integrantes de ambas cámaras legislativas.

Ese voto, agrega, “es mayor que el exigido para la aprobación de las leyes orgánicas y para la reforma constitucional”.
El TC declaró a Cayo Levantado como un bien de dominio público, mediante la sentencia 194/13, publicada ayer, con la cual acogió un recurso de revisión sometido por Inversiones Whale Bahía, S.A, en contra de la sentencia número 420, emitida por la sala civil de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) el 14 de diciembre del 2011.

Silvio Cabrera

Silvio Cabrera, periodista especializado en temas judiciales, diplomado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM).