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Financiamiento a la salud

Financiamiento a la salud

En un estudio presentado en Lima, Perú, en septiembre de 2018 por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se pudo conocer que en América Latina y el Caribe, existen 140 millones de trabajadores informales.
Para una tasa de informalidad en promedio de 53%, en República Dominicana la informalidad es de 56%.

Mientras que estos trabajadores “no están cubiertos por la legislación laboral, ni por la Seguridad Social”, República Dominicana es el único país de la región de las Américas donde el trabajador informal está cubierto por las leyes 42-01 y 87-01 en la legislación laboral y en la Seguridad Social. Ya que el marco legal vigente es innovador y creativo en cuanto al segmento de población “trabajador informal”, el cual se categoriza en dos segmentos que son:
Régimen Contributivo Subsidiado: Protege a los profesionales y técnicos independientes y a los trabajadores por cuenta propia con ingresos promedios, iguales o superiores, al promedio del salario mínimo nacional.
Elementos innovadores en el Régimen Contributivo Subsidiado.

1.- El Estado suple la falta de empleador (subsidio 7.09% de los ingresos que declare el afiliado), esta contraparte deberá estar consignada en la ley de Presupuesto.

2.- El trabajador cotiza directamente en la TSS y aporta 3.04%.
3.- Promedio salario cotizable que hasta julio 2021 había sido RD$13,482.00 y que en atención al aumento del salario mínimo, acuerdo tripartito, en el gobierno del presidente Abinader, el promedio es a partir del 1 de agosto 2021 de RD$15,600.00 y a partir del 1 de enero del 2022 será RD$16,262.50.

4.- La Ley 87-01 crea el Seguro Público Nacional de Salud (SENASA).
5.- Una vez el trabajador inscrito en la TSS deberá registrarse él y su familia en la ARS SENASA.
6.- Libre elección. El trabajador y su familia pueden elegir el Prestador de Servicios de salud (PSS) público y/o privado, siempre que tenga contrato con SENASA.

7.- Tiene derecho al mismo SFS y PBS.
8.- Incluye los pensionados y jubilados en el SFS.
9.- Los hijos de los afiliados tienen derecho a las Estancias Infantiles.
10.- Tienen derecho a pensión.
Al 20 de agosto del 2020 este Régimen que representa aproximadamente entre el 30 y 35 del PEA aún no se había iniciado como lo mandan las leyes.
Por: Dr. Daniel Guzmán

El Nacional

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