POR ODALIS G. PEREZ
Dentro de la problemática de la reforma constitucional, la cultura merece ser pensada y repensada a partir de lo que la sociedad civil, representada por sus intelectuales, grupos subalternos y voces democráticas, demandan en la línea de sus derechos y necesidades socioculturales.
Si el discurso globalizador produce la alienación dirigida a la fragmentación sociocultural, entonces se crea una política de la interpretación deslegitimadora y por lo mismo anquilosada en la oficialidad repetitiva.
En el momento en que asistimos a cambios en la conciencia ideológica, y sobre todo a supuestos cambios en la estructura jurídica, la participación de comunidades públicas alternativas debe posicionar su rol en el entramado político y dialógico y, sobre todo en el debate sobre la reforma constitucional, el nuevo constitucionalismo patriótico y democrático.
Lo primero que se debe particularizar es el estatuto de la crítica del sujeto que demanda participación para hacer prevalecer su derecho a la cultura, la educación y la creación en el ámbito de lo público.
Lo segundo consiste en definir y justificar un marco identitario que requiera de su orden específico para constituirse en defensa de la nación activa en un espacio democrático abierto y que permita la acción sociocultural en sus diferentes vertientes y fuerzas dinámicas en convergencia y acción modal. (Esto es, querer, hacer, poder hacer, poder actuar, poder decir, querer hacer, poder deber, deber hacer y otras modalidades.
Lo que en el marco de la llamada globalización o mundialización quiere superar el conflicto propio de las identidades, supone una discusión crítica orientada a modificar las líneas de una visión que se ha reconocido como conservadora, y que como tal permanentiza, en el trazado político actual, la misma lectura proveniente del autoritarismo neodictatorial y el modelo neoliberal en crisis.
El diálogo abierto proveniente de la ciudadanía cultural y de la diferencia o diferencias sociales, supone los siguientes puntos de interés y acción:
Particularización de una crítica de la identidad desde los criterios de una cultura-movimiento y una historia social inmediata, tomada en cuenta desde el punto de vista constitucional.
Vinculación entre fuerzas dinámicas de lo social que pongan de manifiesto, en el marco democrático y constitucional, sus necesidades, intereses, propósitos culturales y accionales, bajo un criterio de presencia y meta de transformación jurídico-política.
Otorgarle mayor contenido a las acciones culturales y que, de acuerdo a cardinales constitucionales, se legitime la participación real de los actores comunitarios a nivel urbano y rural, de centro y de periferia.
Los derechos culturales que dentro de la reforma constitucional propuesta poseen o tienen una alta significación para el país, deben constituirse en elementos cardinales que justifiquen una presencia crítica y verdaderamente transformativa desde lo social y lo propiamente democrático y constitucional.
La ciudadanía cultural debe estar representada por sus verdaderos elementos democráticos y jurídico-políticos en una perspectiva de la diferencia que apoye sus derechos en los organismos de decisión y ejecución de acciones activadas por el consenso sociocultural.
Puesto que la Globalización ha fragmentado descohesionado y poco a poco sustituido al sujeto individual, reconociéndolo, condenándolo a una función tecnológica, política y jurídicamente alienante, surge desde la misma ciudadanía cultural una propuesta de activación de voces y derechos dentro de lo que podemos llamar hoy una cultura replicante en el contexto de una cultura-movimiento.
Así las cosas, el concepto de derecho cultural es aquí englobante de acciones legítimas y fuerzas democráticas presentes en el espacio público y político dominicano, toda vez que las perspectivas de inclusión en los reclamos nacionales, pide una consciencia generadora de actos participantes y transformadores en el orden constitucional vigente.
Lo que se ha consignado en la actual constitución como derecho a la educación, la cultura y la creación intelectual, rebasa lo que se adopta hoy como meta desde la llamada globalización. La democracia cultural es aun hoy una utopía y una visión ausente del espacio público y participativo dominicano.
El ensayo de una democracia cultural permite observar una visión abierta a todas las posibilidades de la cultura dominicana y a todo el ámbito de la sociedad civil en conexión con la creación cultural, justificada por una política de la interpretación sustentada por el sujeto público y democrático surgente de una concepción crítica diferenciada.
El reclamo de los derechos ciudadanos en el espacio de la cultura y las creaciones intelectuales, demanda en esta misma línea de trabajo un derecho cultural justificado también por cardinales de argumentación sociocultural y, sobre todo, por el auge de un diálogo democrático y replicante, dirigido a exigir modos y posiciones en el ámbito de cualquier acción encaminada a modificar o cambiar cláusulas, elementos, aspectos, o cardinales de la constitución dominicana. Se trata de una nueva perspectiva del vocabulario neoconstitucional y de los mismos derechos constitucionales vigentes.
El hecho de que en todo momento se hagan prevalecer los derechos culturales, educativos y políticos del sujeto público y participante desde una crítica del estado establecido, permite entonces reconocer la legitimación y posicionamiento público en las instancias decisionales de lo civil, lo cultural y lo actos o acciones democráticas del ciudadano.
Las identidades de la identidad o las identidades plurales en movimiento, demandan ejecutorias que hagan posible toda transformación de elementos dictatoriales, conservadores y propios de la cultura-monumento, oficialista y oficiosa.
En conclusión, entendemos que dentro del marco jurídico de reformas constitucionales actuales, los actores culturales vinculados al espacio público dinámico justificado y particularizado en un marco de acciones y principios democráticos replicantes y alternativos, deben reclamar su participación y establecer por derecho y necesidad su decisión en tal sentido.

