Portada

INDOTEL aclara que no ha sido condenado por TSA

INDOTEL aclara que no ha sido condenado por TSA

 El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) aclaró hoy que la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) en ninguna de sus partes condena a esa entidad, sino por el contrario, reconoce la labor de revisión que viene haciendo la institución a los contratos de  adhesión de las telefónicas con los usuarios.

El director ejecutivo del Indotel, Pedro José Gris, explicó que en el quinto dispositivo de la sentencia dada a conocer el pasado viernes, los magistrados reconocen el cumplimiento de parte del Indotel  de las  responsabilidades  puestas a su cargo por la ley,“gracias a que la institución pudo demostrar a los jueces que había cumplido con su obligación de recibir los contratos, revisarlos y exigir  modificaciones en favor de los usuarios”.

Según un comunicado la sentencia se acoge en cuanto al fondo, dicha acción de amparo de cumplimiento porque  ya que se ha comprobado que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) recibió los contratos solicitados por la accionante, por lo que en consecuencia le ordena a Indotel continuar con la revisión de dichos contratos, y remitir copias de ellos al Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor, para que también realice la revisión correspondiente”.

El funcionario dijo que la Fundación  Prensa y Derecho distribuyó a los medios de comunicación una nota con informaciones distorsionadas respecto al alcance y sentido de la sentencia,  adjudicando al alto tribunal supuestas comprobaciones de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión de las telefónicas que ni siquiera existen como tales en los contratos actuales.

Y agregó que el Tribunal nunca fue apoderado para conocer del contenido de las cláusulas de adhesión entre usuarios y  telefónicas, por lo que el contenido de los mismos no fue objeto de la sentencia.

Puntualizó que esas resoluciones dejan claro que los contratos de servicio sólo podrán estar sujetos a un período mínimo de vigencia cuando las prestadoras suministren a los usuarios subsidio de equipos, descuentos, rebajas o exoneraciones en las tarifas vigentes.

Destacó que mediante estas resoluciones  las prestadoras deben ofrecer a los usuarios la opción de contratar el servicio sin sujeción a un período mínimo de vigencia. “Además, los contratos deben especificar las condiciones de prestación del servicio contratado y el tiempo de duración del mismo”, puntualizó.

 Indotel  Cumple Sentencia

El funcionario entregó a los medios de comunicación copia de la correspondencia que el Indotel envió a Pro consumidor a fin de dar cumplimiento cabal a la sentencia del tribunal Superior Administrativo, a la vez que remitió a las prestadoras de servicios públicos de telefonía un documento que contiene en detalles las cláusulas que ese órgano regulador había identificado como abusivas.

El Director Ejecutivo del Indotel explicó  que el astreinte a que hace referencia la sentencia es para el cumplimiento del plazo de 30 días para entregar los contratos a Pro consumidor para que esta entidad emita su opinión, pero que el Indotel, acatando plenamente el fallo, procedió este martes a enviar los contratos revisados a Pro consumidor.

 Mercado Gris sostuvo  que la revisión de estos y otros contratos de prestación de servicios de telecomunicaciones es permanente en el Indotel y es parte de su labor regular, pues los contratos no son fijos, sino que tienden a cambiar  dependiendo  de las ofertas, del tipo de servicio y de las innovaciones tecnológicas.

Exhortó a  los  ciudadanos a colaborar de buena fe  con el Indotel en la fiscalización de los servicios que ofrecen las prestadoras de servicios de telecomunicaciones, apegados siempre a los derechos que le otorgan las leyes y los reglamentos que dicta el Indotel.

El Nacional

Es la voz de los que no tienen voz y representa los intereses de aquellos que aportan y trabajan por edificar una gran nación