Opinión

La Justicia de Santiago

La Justicia de Santiago

En los casos públicos de la Justicia de Santiago se está conociendo la apelación del homicidio de la joven Rocío del Milagro Taveras Marte, madre de una niña, ejecutado en octubre de 2008 en una comunidad de Liceo al Medio, al filo de la medianoche. Rocío murió de una “herida por arma de fuego a corta distancia, con entrada en el hemitórax derecho, línea clavicular media, con el primer arco costal, sin salida, con una trayectoria de delante hacia atrás, de arriba hacia abajo y ligeramente a la izquierda, a nivel de la cuarta vértebra dorsal”. De acuerdo al certificado médico legal además, “la opinión de la muerte es compatible con homicidio, producida por un proyectil disparado de una pistola marca Roven, calibre 25, modelo MD-25, No. 467376”, propiedad del esposo de la víctima e imputado por el crimen ocurrido en la habitación de ambos.

A pesar de la demostración técnica sobre la imposibilidad de un suicidio y de los testimonios refiriendo violencias verbales, mediata e inmediatamente al feminicidio, el acusado con variación en las versiones, alega que la joven se suicidó, despertándolo con el disparo, ambos en la misma cama y habitación.

Existe en el imaginario jurídico y social con paso del tiempo, la conmiseración por las personas que quedan y el olvido de las que mueren, a pesar de que aquellas maten violentamente a estas y es prudente recordar algunas pautas importantes del feminicidio, que refieren las diferencias con el homicidio y que no todos los tribunales identifican, desgraciadamente.

Las estadísticas dominicanas establecen que el vínculo de pareja o familiar, es  determinante en la mayoría de estos crímenes, perpetrados en el marco de una relación compleja y mítica, que agrava la desprotección y mayor riesgo de las mujeres por su condición de género. Las mismas referencias investigadas en el país, señalan el mayor peligro, cuando la mujer decide dejar una relación de pareja, voluntad que decía la madre de Rocío tenía su hija por sentirse abrumada de las agresiones verbales que recibía del imputado y los celos insistentes, recordando en la audiencia que el cadáver tenía una muñeca rota y un golpe en la frente.

El tribunal que procesa la muerte violenta de una mujer debe escuchar necesariamente la historia de violencias de pareja y verificar en la experticia forense el “mapa” de cicatrices físicas y emocionales, certificadas y/o referidas, en la víctima, porque el feminicidio íntimo, está latente en una pareja con rebalance de poder basado en el género, demostrado en la cotidianidad posesiva y controladora, resaltando que, cuando la pareja feminicida reside fuera del país, como fue este caso, se potencia el dominio y los celos.

¡Hablo por Rocío, recordando y reclamando a la Justicia por ella!

El Nacional

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