El ilícito penal admitido por el consorcio brasileño Odebrecht se erigió en primer término en práctica desleal de comercio, por cuanto la empresa incurrió en pagos de soborno a funcionarios o gente influyente para obtener ventajas o privilegios en procesos de licitación o adjudicación de obras públicas.
Entre los crímenes y delitos a la cosa pública, el soborno o cohecho es el más recurrente entre empleados y funcionarios del Estado, al punto que el ciudadano asume como normal dar u ofrecer dádivas a cualquier servidor público por realizar una diligencia atinente a cargo.
Para evitar que ese ilícito trastorne las actividades empresariales o de inversión, el legislador reforzó el artículo 177 del Código Penal, que sanciona esa infracción, con la Ley 448-06, del 8 de diciembre de 2006, que considera reo de soborno tanto al que exige como al que ofrece soborno.
El artículo 6 de esa Ley señala que en los casos en que el sobornante sea una persona jurídica será condenado por un período de dos a cinco años al cierre o intervención y a una multa del duplo de la recompensa ofrecida, además de que el representante de la empresa podría ser sancionado a pena entre cinco a diez años de reclusión.
Los funcionarios o cualquier persona física que haya incurrido en soborno también sufriría pena de hasta diez años de cárcel, lo que indica que la ley de referencia es drástica, puntual y clara, para que ningún imputado alegue ignorancia.
Todos los servidores públicos deberían leer muchas veces el apartado del Código Penal que refiere los Crímenes y Delitos perpetrados contra la Cosa Pública, para que en caso de violación a la ley, estén conscientes de las penas aflictivas e infamantes que sufrirán.
Los niveles de desarrollo económico e institucional que ha alcanzado la sociedad dominicana, obliga a gobernantes y gobernados a abandonar el estado semi-salvaje de anarquía jurídica e incumplimiento de la ley, por lo que todos los ciudadanos, sin importar rango social o político, deben ajustarse a la ley o sufrir las consecuencias.
Al Ministerio Público y al orden judicial les corresponde investigar, juzgar y condenar, de conformidad con el debido proceso y la presunción de inocencia, pero con la debida y justa penalidad, a todo aquel que incurra en violación de la ley.

