Opinión

Orden  y derechos civiles

Orden  y derechos civiles

Nuestra sociedad ha estado regida por instituciones encargadas de regular las normas. La ecuación es sencilla: al perpetuar estas reglas, se excluye y se castiga a quienes no se inscriben en ellas. Este mecanismo se percibe en el discurso y práctica pública sobre la  homosexualidad.

Detengámonos en tres hechos recientes: el proyecto de introducción de la figura de “libertad sexual” en el artículo 14 del Código Civil (2006), generó un debate en el cual se definió la homosexualidad como agente nocivo y corruptor de los valores de la sociedad. En el mismo comprendimos la “buena fe” de autoridades del Poder Ejecutivo y de representantes de los sectores  jurídico y eclesial en ampararnos de la “insanidad” de esta especie “antinatura” que constituyen a sus ojos los homosexuales.

El fantasma recreado en torno a esta vana proposición, por la imaginaria amenaza de conceder espacio a eventuales matrimonios o adopción de niños a parejas del mismo sexo, quedó sin efecto al ser omitida. La justificación de su supresión llegó hasta representantes de instancias jurídicas y de Derechos Humanos, quienes argumentaron que el país no estaba “tan civilizado para una legislación de esa naturaleza”.

Por su lado, la condena pública del certamen Miss Rainbow Gay 2008 materializó dicha retórica. Un voto de censura del ayuntamiento de Santiago le fue simbólicamente aplicado. Las autoridades de la ciudad, quienes habían  advertido sobre la afrenta a “la moral y a las buena costumbres de la sociedad dominicana”,  indicaron que el acto se celebraría “a puerta cerrada”. Mas la réplica no se hizo esperar, para que otros sectores alzaran sus voces considerando condenable el sólo hecho de que se realizase.  En fin, después de la rendición de cuentas del pasado 27 de febrero, todos los caminos condujeron al Te Deum. Su eminencia no vaciló en categorizar la homosexualidad como epidemia y aberración, alertando  sobre la concesión de derechos a sus agentes. Todo esto, con el sutil recordatorio de su “cercanía espiritual a todos los hijos de la República Dominicana”.

No hay que extrañarse ante el revuelo causado y el consenso de estos discursos. Primeramente, por el peso de las posiciones normativas en nuestro cotidiano vivir. Y, segundo, por las transformaciones que la homosexualidad implica en una institución de reproducción del orden social como  es la familia. Es por esto que múltiples conferencias, emisiones radiales y otras declaraciones que acapararon la retórica pública a raíz de estos debates, se fundamentaron en el “espíritu de familia”.

La familia, de manera ilusoria, es concebida como  institución protectora, fiel a principios morales y ajena a toda relación de poder en su seno. Se legitima así la preeminencia de un orden sexual. 

Este proceso de “normalización social” ha  jugado un papel en el campo jurídico. Y, esto, contribuyendo a la exclusión del reconocimiento legal al matrimonio de personas del mismo sexo, así como a la atribución de derechos por convivencia en un hogar, como  disponen los dos primeros numerales del artículo 44 del  proyecto de reforma constitucional en dirección de los heterosexuales.

De un lado, este fenómeno nos refleja cómo nos definimos y sobre qué base actuamos ante esta problemática. Pero, ¿será – por igual – sobre estas estructuras que se fundan nuestras percepciones ante otras cuestiones sociales? De otro lado, la institucionalización de la discriminación nos recuerda lo demostrado por M. Foucault, de cómo la psiquiatría se constituyó en  entidad productora y guardiana de normas sociales, estando en el origen de la invención del “individuo anormal”. Tomando esto en cuenta, vale cuestionarse si en nuestra democracia, la Constitución dominicana desprotegerá la pluralidad de sus ciudadanos y pospondrá la Igualdad de Derechos, so pena de no estar conformes a las normas prescritas por el orden social.

El Nacional

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