El doctor Víctor Livio Cedeño, experimentado abogado que además ha sido director de un diario, quien lee y comenta esta columna, ha sugerido que tratemos la diferencia entre los verbos /radiar/ e /irradiar/. Parte de la observación de que periodistas y comentaristas, ante determinado hecho, han empleado la expresión irradiar la hipoteca, cuando quisieron decir radiar la hipoteca.
El verbo radiar aparece con tres acepciones en el Diccionario de la Lengua Española, pero le falta una. Veamos: 1) En física significa producir radiación de ondas. 2) En medicina, radiar es tratar con radiación una enfermedad. 3) En telecomunicaciones, radiar consiste en difundir por radio un asunto.
La acepción que no registra el Diccionario es la que se emplea en la profesión jurídica, que significa extinguir una hipoteca, eliminarla cuando ha cesado la razón para la que existía, según explicaron Cedeño y el abogado Antoliano Peralta Romero, en cuya oficina comprobamos que tampoco la registran los diccionarios jurídicos.
En cuanto al verbo /irradiar/ significa: 1) Dicho de un cuerpo, despedir rayos de luz, calor o energía. 2) Someter algo a una radiación. 3) Transmitir, propagar.
La segunda acepción tiene afinidad con el significado de /radiar/, sin embargo la tercera es por la que más se emplea ese verbo, de donde resulta chocante que se diga irradiar una hipoteca, porque esta forma no es usual.
La soberanía de las palabras
¿Quién tiene la soberanía de las palabras? Las palabras son de todos los hablantes. Las actividades comerciales limitan el uso de determinados vocablos tomados como nombres comerciales, los cuales se hacen patrimonio de quien los ha escogido y registrado primero.
Los hijos de Casandra Damirón han exigido retirar el nombre de la artista en los premios que entrega la Asociación de Cronistas de Arte. Tenían derecho a impedir este homenaje a su madre, y han sido complacidos. Pero luce antojadizo y arbitrario prohibir el uso de una palabra común de la lengua para los premios.
El adjetivo /soberano/, referido a quien ejerce la autoridad suprema, no es ni puede ser patrimonio de una familia. A la artista barahonera se le colocó este apelativo para halagarla. Estos sobrenombres de los artistas se emplean frecuentemente por afecto, por propaganda o por payola.
Cantantes ha habido a quienes se les mencionaba como el Cantante, la Voz, el As, el Sol, el Cantantazo, el Caballo. Casandra Damirón no era una soberana como Fernando Casado no es un magistrado ni fue Lola Flores una faraona ni Julito Deschamps un catedrático.
Soberana, faraona, catedrático, caballo o magistrado siguen siendo términos comunes. Hasta ahora nadie ejerce una autoridad suprema sobre los mismos. Nadie tiene derecho de soberanía sobre las palabras comunes.
Hasta el próximo domingo.