Mao, Valverde.- Con la finalidad de garantizar el amparo a las personas que se presenten a un centro clínico privado con una emergencia y no tengan el depósito requerido, el senador de esta provincia sometió la inclusión del artículo 67 a la ley 140-13.
El legislador Manuel de Jesús Güíchardo Vargas, dijo que la ley 140-13 establece al Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, y con la introducción de este articulo; se está preservando la vida de los menos pudientes.
“El artículo contempla que los centros clínicos privados deberán prestar el servicio de emergencia a esos dominicanos que sean llevados a través del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, dándoles las debidas atenciones primarias”, sostuvo Güíchardo Vargas en su exposición.
De acuerdo a lo expresado por el senador, él conoce casos de personas que son despachadas de los centros privados porque no tienen dinero para pagar la emergencia, a los que a través de la ley, se les resolverá este grave problema, ya que con la salud de la gente no se juega.
Explico el representante de Valverde, que se trata de esos pacientes que llegan a las clínicas con un pre infarto, una lesión de pierna, entre otros casos; y mediante un formulario llenado por los paramédicos de las ambulancias, se pueda comprobar el servicio brindado, y de esta forma se pueda cobrar y luego, se envíe a un centro público.
De ser aprobado el referido artículo 67 rezaría de la siguiente manera:
Artículo 67.- Obligatoriedad de atención: Las clínicas y centros privados quedan obligados a prestar atención médica a los pacientes en estado de emergencia, que sean transportados mediante el sistema 9-11.
Párrafo I.- Los gastos incurridos por las clínicas y centros privados, se harán con cargos a los fondos de la tesorería de la seguridad social.
Párrafo II.- La inobservancia a lo establecido en este artículo, será sancionado con multas de 20 a treinta salarios mínimos, establecido en el sector público.

