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Sufragio

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Eddy Olivares

Audiencias de la JCE.-

El sistema electoral de cada país tiene su particularidad, que se deriva de los acontecimientos que hayan dado origen a su democracia, lo que no implica necesariamente una renuncia a la aplicación del método comparativo en los temas electorales.

Por tal razón, a propósito de la propuesta de la Junta Central Electoral de anular el derecho de los partidos a ser escuchados en audiencias públicas, es apropiado acudir al modelo abierto de todas las sesiones del Consejo del Instituto Nacional Electoral (INE), el órgano supremo electoral de México, en las cuales participan, con derecho a voz, los representantes de los partidos políticos registrados, lo mismo que un representante por cada fracción parlamentaria de los partidos ante el Congreso.

Contrario a la sana práctica del referido órgano electoral mexicano, que fortalece su necesaria credibilidad incorporando como participante en cada decisión o acuerdo a los partidos políticos, la JCE pretende borrar de la Ley Orgánica del Régimen Electoral la disposición que les permite a los partidos políticos participar con derecho a voz en unas pocas audiencias públicas.

La desatinada propuesta de la Junta Central Electoral, planteada en el proyecto de reforma de la Ley 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, desconoce el consejo de Alexis de Tocqueville, en el sentido de que “los problemas de la democracia se resuelven con más democracia”.

A partir de las primeras elecciones democráticas, celebradas el 20 de diciembre de 1962, el órgano electoral ha respetado siempre el derecho de los partidos a expresarse en audiencias públicas sobre los temás más trascendentes de los procesos electorales, así como en torno a la designación de los directores de los organismos que tienen atribuciones relacionadas con las elecciones.

En la propuesta, que modifica el artículo 25, la JCE establece lo siguiente: “En aquellos casos que la Junta Central Electoral considere conveniente conocer la opinión de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, solicitará de estos un escrito que contenga su posición sobre el particular. Esta opinión, a su vez, será comunicada a todos los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, a fin de que despositen sus escritos de respuesta, si lo tuvieren”.

Frente a la propuesta de los administradores de los procesos electorales, todo indica que los congresistas responderán con más democracia, disponiendo que el pleno celebre una audiencia cuatrimestral con los partidos, a los fines de que de a conocer sus proyectos y les informe sobre los trabajos pendientes o realizados relativos al proceso de elección.

También, es muy probable que los legisladores dispongan que cuando el veinticinco por ciento o más de los partidos, tengan una reclamación de su interés, puedan solicitar que el órgano electoral celebre una audiencia pública para conocer su petición o exigencia.

De igual manera, en caso de que la JCE le solicite por escrito a los partidos políticos su opinión, reparos u objeciones sobre un tema de su interés, procederá, luego de recibir las propuestas de dichas instituciones, a convocar a todos los partidos políticos, agrupaciones y movimientos a una audiencia pública, para discutir dicho asunto.