La Asamblea Nacional Revisora aprobó ayer la reforma constitucional que prohíbe una tercera reelección presidencial, unifica las elecciones, reduce la matrícula de diputados y consigna al Consejo Nacional de la Magistratura la designación del procurador general de la República, entre otras modificaciones.
Aun cuando fueron modificado diez artículos y adicionado otro, la Carta Sustantiva no cambia de modo significativo ni incorpora componentes jurídicos de última generación, tildados de conservadores o liberales, por lo que después de su segura promulgación, la vida institucional del país seguirá su agitado curso.
El motivo esencial de ese proyecto de reforma constitucional habría sido el de colocar “un candado” para impedir eventuales propósitos continuistas de los gobernantes, que en virtud de esa modificación estarán limitados a aspirar a una única reelección, sin poder regresar jamás.
La unificación de los comicios presidenciales, congresuales y municipales a partir de 2032, se erige como el otro aspecto trascendente de esa reforma, aunque falta saber si para bien o para mal, sobre todo, por los reparos económicos, administrativos y jurídicos que enumeró la Junta Central Electoral.
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Los poderes Ejecutivo ni Legislativo lograron convencer a la sociedad sobre las bondades atribuidas a la inserción en el Texto Sustantivo de un artículo que dispone que el procurador general sea designado por el CNM, como supuesta garantía de independencia del Ministerio Público.
Resulta que esa escogencia sería de una única propuesta presentada por el presidente de la República, con vigencia por dos años, con lo que se corre el riesgo que ese funcionario se convierta por conveniencia o intimidación en un preboste al servicio de los intereses de cualquier gobierno.
No es posible asimilar o entender la decisión de la Asamblea Revisora, de reducir de 190 a 170 el número de curules de la Cámara de Diputados, como si se tratara de un premio de consolación al Poder Ejecutivo, que propuso disminuir esa matricula en 52 congresistas.
Se considera positivo el blindaje que la modificada Constitución impone al artículo que prohíbe una tercera reelección presidencial, pero prevalece el temor de que la unificación de las elecciones lacere el ejercicio del sufragio ciudadano y que las demás reformas se pierdan en laberinto de la historia por inútiles o intrascendentes.