Santo Domingo. La Junta Central Electoral (JCE) puede autorizar a los dominicanos residentes en el extranjero la emisión del voto por correo, ya que jurídicamente no existe ninguna ley que lo impida, según aseguró este jueves el abogado constitucionalista Cándido Simón.
Simón dijo que no existe ninguna ley que prohíba al alto organismo de elecciones ordenar que los comicios en el exterior se realicen por correo, físico o virtual, debido a que jurídicamente no está prohibido y en razón de la máxima jurídica, que indica que lo que no está prohibido está permitido.
Recordó al respecto que la Constitución de la República dice que el voto es personal, libre, directo y secreto, pero en ninguna parte indica que es presencial, por lo que no impide que se haga por correo físico o virtual.
De manera textual, el artículo 208 de la Constitución indica que: “el voto es personal, libre, directo y secreto”.