La Procuraduría Especializada Para la Defensa del Medio Ambiente y Recursos Naturales con asiento en Neiba, provincia Bahoruco, fue apoderada de una querella, en reclamo de la clausura de manera definitiva de una discoteca, cerrada recientemente por las autoridades por llevar el nombre de un estupefaciente y por intranquilizar a los vecinos.
La querella fue interpuesta por los esposos Ana Ledis Pérez y Joaquín Pérez Matos contra Arony Polibio Sierra Tapia, propietario de Extasis Drink, negocio que hace poco fue cerrado temporalmente por el Ministerio de Interior y Policía, en el distrito municipal de Las Clavellinas.
Manuel Sierra, abogado de los querellantes, explicó que la discoteca está ubicada en la calle central, frente al Cuerpo de Bomberos en Las Clavellinas, lugar no adecuado para este tipo de negocios.
Vecinos denuncian ruidos e irregularidades en el funcionamiento de la discoteca, afectando su calidad de vida
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“Ese bar Drink, cuyo nombre insista al consumo de sustancias controladas, se exhiben mujeres desnudas que no son de la zona, por lo que teme que se trate de un asunto de trata de “blancas”, dijo Sierra.
Expresó que dicho negocio opera sin los permisos correspondientes de los ministerios de Salud Pública y Medio Ambiente.
Sostuvo que el negocio operaba a pesar de múltiples denuncias interpuestas por los vecinos, entre ellos sus padres, de quienes dijo son dos ancianos de 84 años, uno operado de corazón abierto y el otro operado de ambas rodillas, hipertenso y diabético.
El cierre se produjo tras la denuncia realizada en un programa radial Sierra, quien aseguró que los ruidos y la circulación de motores no permiten a su madre descansar, lo que motivó la intervención del Cuerpo de Bomberos y Autoridades (COBA).
Un caso similar se produjo en Bani, en donde las autoridades impidieron hace poco la apertura de una discoteca de nombre “Sinaloa Drink”.
Las autoridades recordaron que el artículo 36 de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas, establece de manera textual: “Se prohíbe cualquier tipo de publicación, publicidad, propaganda o programas a través de los medios de comunicación, que contengan estímulos y mensajes subliminales, auditivos, impresos o audiovisuales que tiendan a favorecer el consumo y el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas”.