Los extranjeros que solicitan asilo en el país deben esperar a veces hasta 10 años la decisión del Estado y en el ínterin enfrentan dificultades como que el documento temporal que les entregan no es reconocido diversas autoridades nacionales, por lo que corren el riesgo de detención y reciben amenazas de deportación.
La denuncia está contenida en una publicación de la situación de los refugiados y solicitantes de asilo en República Dominicana, elaborado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
No obstante la entidad mantiene la esperanza de que la situación mejore ya que el organismo encargado de examinar los casos de solicitudes de asilo, la Comisión Nacional para Refugiados, volvió a sesionar este mes, después de permanecer inactiva desde el 2005. La comisión analizó 19 casos.
El ACNUR asegura que la inmensa mayoría de las 725 personas reconocidas como refugiadas por ellos, a solicitud del Estado dominicano, no cuentan con un permiso de residencia vigente, a pesar de que el decreto 2330 (1984) establece que una vez se determina que un individuo califica como refugiado, él y su familia recibirán residencia legal en República Dominicana.
Otra de las dificultades que viven los que solicitan asilo en el país es que el documento, que deben renovar cada tres meses en la Oficina Nacional de Refugiados (ONR), no les permite trabajar formalmente ni acceder al crédito. Los hijos de refugiados y solicitantes también tienen dificultades para su inscripción y avance de grado en la escuela.
El censo que realizó el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en el primer cuatrimestre de este año determinó que en el país existen mil 561 personas que requieren protección internacional; y de éstas, 836 están a la espera de la decisión dominicana de darles o no asilo.
La mayoría de esas solicitudes fueron presentadas entre 1997 y 2005, dijo la ACNUR.
El 99 por ciento de los refugiados y solicitantes son haitianos, los restantes provienen de Siria, Iraq, Irán, Sri Lanka y Cuba.
Resulta fundamental la reactivación de un procedimiento justo y eficiente del procedimiento de la determinación de la condición de refugiado, la documentación y la regularización migratoria de la población de refugiados de mandato de larga estadía, precisa el documento.

