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Apoderan sala para conocer decisión excluyó alegados dueños de terrenos

Apoderan sala para conocer decisión excluyó alegados dueños de terrenos

Fachada del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva y Fiscalía del Distrito Nacional.

Santo Domingo.-La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional fue apoderada de un recurso de apelación interpuesto por las sociedades Hilari Mayol, S.A.S., Mayol & Co., S.R.L., Okra Company, Ltd. y Grand Cays Corporation contra la decisión del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, que envió a juicio a los señores Rafael Olegario Helena Regalado y Ailec Paloma Soto Garabito por asociación de malhechores y falsedad en documentos auténticos y de comercio, pero les excluyó del proceso en su calidad de querellantes.

El recurso expresa que el juez violó la ley al excluirles del proceso, a pesar de reconocerles como los legítimos socios de la empresa Costa Dorada, bajo el erróneo criterio de que era a la compañía, a quien correspondía accionar en contra de quienes mediante contratos falsos adquirieron la totalidad de las acciones de la referida sociedad.

La instancia depositada por los querellantes refiere que la decisión del juez constituye un “funesto precedente” en contra del derecho de propiedad y de actuar en justicia de los dueños de acciones y cuotas sociales, porque les impide reclamar sus derechos, cuando estos le son conculcados por medio de acciones ilícitas.

El recurso señala que al juzgador se le olvidó que la empresa está documentalmente en poder de las personas que están siendo imputadas y que entonces sería un contrasentido pedirles que actúen en contra de sí mismo.  

Los querellantes refieren que el juez Deiby Timoteo Peguero confundió el capital social con el activo social, indicando que el primero es propiedad de los socios, quienes han invertido sus recursos en la empresa y que, además, son estos los directamente perjudicados, al verse impedidos de disfrutar de los dividendos sociales que pueda producir la empresa, de participar en las asambleas, de tener parte en el activo social si aquella se disuelve.

El escrito se refiere a las acciones de la sociedad Costa Dorada, propietaria de un millonario inmueble, ubicado en la zona costera,  que limita al sur con Playa Corbanito, en Bahía de las Calderas, Baní.

Señala que la empresa fue fundada por el fenecido empresario Juan Mayol Garrido en el año 1976, quien se asoció en el 1977 a la familia Serrano Oms, dueños de la empresa Peravia Industrial (La Famosa), quien le vendieron el 50% de las acciones y que; sin embargo, mediante más de un centenar de documentos falsos se les ha eliminado a ambas familias de la matrícula de socios.

Añade el escrito que  de este modo se logró que, al día de hoy, como únicos socios  de dicha empresa aparezcan los señores Ailec Paloma Soto Garabito y la empresa Global Multibusissnes Corporation, S. R. L., quienes alegadamente  pretenden ser los dueños del 100% del capital de la sociedad, basado en sendos contratos que depositaron en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de Santo Domingo y en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII),  supuestamente suscritos en el año 2014 con el señor Luis Américo Minervino, a quien ninguno de los socios conoce y quien a su vez, según acta de defunción librada al efecto, falleció el 2 de febrero del año 2010, es decir, 4 años antes de la mencionada fecha.

Los recurrentes esperan que la Primera Sala de la Corte de Apelación falle conforme a derecho, incluyéndoles nuevamente en el proceso e impidiendo que sean despojados de sus  legítimos derechos.

Domingo Berigüete

Periodista especializado en prensa jurídica y eléctrica