La Asamblea Nacional Revisora de la Constitución aprobó ayer, con 185 a favor el artículo 42 de la propuesta del Poder Ejecutivo que se refiere a la propiedad y que toda persona tiene derecho al goce y disfrute y disposición de sus bienes.
Cerca de veinte asambleístas participaron en los primeros debates, que comenzaron a las 4:20 de la tarde, con Máximo Castro, quien propuso que cuando el Estado declare una propiedad de utilidad pública se le ponga una fecha de pago.
Artículo 42. Se reconoce y garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al goce, disfrute y disposición de sus bienes. En consecuencia:
a) Ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino por causa justificada de utilidad pública o de interés social, previo pago de su justo valor, determinado por acuerdo entre las partes o sentencia de tribunal competente. En casos de calamidad pública o situación grave, la indemnización podrá no ser previa.
b) El Estado promoverá, de acuerdo con la ley, el acceso a la propiedad, en especial a la propiedad inmobiliaria titulada.
c) Se declara de interés social la dedicación de la tierra a fines útiles y la eliminación gradual del latifundio. Se destinarán a los planes de la reforma agraria las tierras que pertenezcan al Estado o a las que éste adquiera (de grado a grado o por expropiación), en la reforma prescrita por ésta Constitución, que no estén destinadas o deban destinarse a otros fines de interés general.
Las modificaciones de los numerales de este capítulo que serán modificados fueron propuestos por Charlie Mariotti, Luis José González Sánchez, Rafael Calderón y Pelegrin Castillo.
Al cierre de esta edición se discutía el artículo 43 de la propuesta del presidente Fernández que dice: Artículo 43. Todas las personas tendrán derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada y objetiva sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen.

