El Conadis
Señor director:
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Conocer los informes de ejecución y financieros anuales del CONADIS, es una de las funciones de su comité ejecutivo. Pero ¿como puede funcionar con transparencia si este importantísimo componente estructural no existe?
Otro punto que vale la pena resaltar es que la Dirección Ejecutiva debe ser asignado por el presidente de la Republica a partir de la terna propuesta por Comité Ejecutivo Nacional al Directorio Nacional, lo cual en la actualidad esta en violación del articulo 54 de la ley 5-13, lo que significa que la dirección actual es prácticamente ilegal por ser violatoria a la misma ley que el CONADIS esta legislado y ordenado por LEY hacer cumplir.
Es de suma importancia, ya que en nuestro país todo es politizado, que todos los ciudadanos con discapacidad y sus familiares, se emponderen para convertirse en una fuerza política, con la fuerza del voto, de lo contrario la ley no va a beneficiar a los verdaderos necesitados, que son los ciudadanos con discapacidad.
Ya existe un sector amplio e interesado en aportar a que el Conadis Dominicano, sea un modelo a seguir, lo cual solo será posible si todos en el sector de personas con discapacidad trabajan arduamente para cumplir la ley al pie de la letra, para así contribuir a lograr las metas de esta importantísima legislación…
El art. 80 de la ley 5-13 es claro en la creación de un departamento de trabajo y empleo, cuya finalidad primordial es garantizar la inclusión de personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo o en su defecto, su incorporación a un sistema de empleo protegido, con el apoyo de la misma ley para hacer efectivo su cumplimiento – en la actualidad el CONADIS no tiene este de partamento activamente desarrollando los empleos de un 5% en el sector publico y un 2% en el sector privado, aunque la ley está vigente y en efecto la dirección ejecutiva la tiene paralizada por falta de los reglamentos de regulación y desafortunadamente todo está como si no existiera esta ley.
En esta ley existen otros artículos, que aparentemente van a ser problemáticos, como lo es el No. 19 de vivienda, el No. 16, de política de promoción y desarrollo social, tomando en consideración que la dirección actual no es de un funcionamiento publico ni muy asequible, es notoria por no conceder entrevistas a ciudadanos con discapacidad comunes, ni de responder múltiples comunicaciones de solicitudes.
Atentamente,
Ricardo Yvan Tejeda Guerrero