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Cooperativas no tienen defensores en la nueva Constitución

Cooperativas no tienen defensores en la nueva Constitución

Millares de personas, sobre todo humildes, en las ciudades y en los campos, están pendientes de lo que  pueda pasar si se retira una protección gubernamental  a las cooperativas, establecida en la Carta Magna en 1963, del gobierno de Juan Bosch.

 Ahora  las esperanzas del movimiento cooperativo y de la economía solidaria  y social  están en  los presidentes de la Cámaras de Diputados y del Senado, ambos con suficiente conciencia del  daño que provocaría a esos sectores el desprotegerlos constitucionalmente por parte del Estado. Y particularmente en el presidente de la Cámara de Diputados, el santiaguero Julio César Valentín, reconocido por su identificación con el sector.

“Luego de aprobada en primera lectura las modificaciones al proyecto que remitió el Poder Ejecutivo evidenciamos que en el articulo 200 del Régimen Económico de una manera muy sutil y con toda la mala intención del  mundo, la Comisión que preparó el estudio y lo presentó a la Asamblea  Revisora eliminó la palabra protege del texto que envió el Poder Ejecutivo, mismo que recoge y reconoce la responsabilidad del Estado de mantener la protección desde la Constitución de 1963,  a las Cooperativas” sostiene desde Santiago el dirigente cooperativo Rafael Narciso Vargas, de la Cooperativa La Altagracia.

Lo que debía decir

La propuesta desde el sector de economía social para la reformulación de los nuevos artículos sería así : “Artículo195.- El régimen económico es plural se orienta hacia el desarrollo humano, y se fundamenta en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades. El sistema económico estará constituido por las formas de organización  económica pública, privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución determine. Todas las formas de organización económica tienen la obligación de generar trabajo digno.”.

El artículo 195 fue  mutilado en la Comisión Congresional eliminando el término “protección”. No se sabe si fue un error.

Y para el nuevo Artículo 200, las cooperativas y el sector de economía solidaria y social, plantean:

“El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país, a la vez que fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional promueve, “incentiva y protege”el desarrollo de la micro pequeña y mediana empresa las cooperativas, las empresas familiares y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos”.

Quienes reclaman

Firman las  Confederación Nacional de Mujeres del Campo, Federación de Caficultores de la Región Sur, Confederación Nacional de Cacaocultores Dominicanos,  Unión de Asociaciones y Caficultores de la Región de la Norte, Consejo Nacional de Cooperativas,  Federación de Cooperativas del Cibao Central,  Instituto de Desarrollo de la Economía Asociativa,   entre otras.

Los  cooperativistas dicen que el término protección fue quitado

Los reclamos

Constitución de la República Dominicana:  Artículo 8

Establece en su sección I, de los Derechos Individuales y Sociales: “Se reconoce como finalidad principal del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona humana y el mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos”.

Lo mutilado por la Comisión:

 ”El régimen económico se fundamenta en la economía social de mercado y se orienta al logro del desarrollo humano sostenible, basado en el crecimiento económico, la justicia social, la equidad, la cohesión social y territorial, y la sostenibilidad ambiental, en un marco de libre competencia, participación, solidaridad e igualdad de oportunidades.”

Propuestas adicionales

Definir un régimen económico que reconozca las diferentes formas de propiedad: pública, privada y social, y otras formas de organización económica: privada, estatal, mixta, popular y solidaria. Establecer el deber del Estado de fomentar y proteger la creación y el desarrollo de la economía solidaria, integrada por  cooperativas y empresas rurales.

El Nacional

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