El Poder Ejecutivo promulgó una ley que prohíbe embargar fondos públicos depositados en entidades financieras, norma desatinada y carente de equidad.
En principio, el Estado es inembargable y algunas instituciones están protegidas por ley de los embargos. No existe impedimento legal para demandar a los organismos estatales, pero los fallos contra ellos solo son ejecutados por la expresa voluntad de sus titulares.
En principio, los acreedores recurrían al embargo retentivo u oposición de bienes del Estado en manos de terceros, en las entidades públicas autónomas o descentralizadas. Ahora una ley lo impide.
Los gobiernos, sin distinguir su tinte político, no cumplen con su obligación contractual cuando adquieren a crédito equipos, materiales gastables y prestación de servicio. Se recuerda que en el primer período del presidente Leonel Fernández, algunos ingenieros recurrieron al suicidio por el incumplimiento del pago de obras ya ejecutadas.
Hay funcionarios de quienes se dice son tímidos para pagar, incluso un exsindico del Distrito Nacional no era sujeto de crédito con el comercio local por su fama personal de no honrar sus compromisos.
Los embargos, son procedimientos por medio de los cuales el acreedor pone en manos de la Justicia los bienes de su deudor, para que los conserve a su favor, o venderlos en pública subasta y deducir del precio el importe de su crédito.
La nueva legislación que priva a los acreedores de perseguir a sus deudores que manejan fondos públicos, podría llevar a la quiebra a muchos negocios, que quedan sin un instrumento legal para recuperar sus inversiones.
Algunos abogados sugieren una ley que obligue a los incumbentes de los ministerios y direcciones públicas a ostentar la calidad de fiador solidario, para que, en caso de no saldar una deuda contraída, ellos comprometan su patrimonio.
