Opinión

Libertad de expresión

Libertad de expresión

Namphi Rodríguez

La primera Constitución dominicana fue aprobada el 6 de noviembre de 1844, en San Cristóbal. Esta Carta Sustantiva recogió la mayor parte de los ideales del Manifiesto del 16 de enero de ese mismo año, en el cual los habitantes de Santo Domingo expresaban las causas de su separación de Haití, esbozaban la creación del futuro Estado dominicano y asumían las doctrinas liberales de pensadores como Locke, Rousseau y Montesquieu.

En este texto, los constituyentes de 1844 consagraron bajo el epígrafe del Derecho Público de los Dominicanos las principales libertades públicas: proclamaron la abolición de la esclavitud y la igualdad de todos los dominicanos.

Este último texto consagraba que “todos los dominicanos pueden imprimir y publicar libremente sus ideas, sin previa censura, con sujeción a las leyes. La calificación de los delitos de imprenta corresponde exclusivamente a los jurados” (art. 23).

Hasta 1861, la Nación dominicana fue regida por 4 constituciones que obedecían a los intereses de los grupos en lucha desde el mismo nacimiento de la República. Todas consagraron la libertad de expresión o de imprenta en términos similares al texto de la Constitución de 1844.

En 1861 se produjo la anexión de la República a España. En lo referente a la libertad de expresión, por ley del gobierno español se estableció la censura en Santo Domingo y se nombró como Censor al Fiscal de Guerra.

Tras cuatro años concluyó la anexión a España, y la Nación empezó el período histórico conocido como la Segunda República, el cual se extendería hasta 1916. Durante ese período hubo una verdadera anarquía constitucional, puesto que las luchas grupales se encarnizaron y hubo gobiernos y constituciones que apenas duraron dos meses.

Dentro de los acontecimientos reseñables en dicho período está la reforma constitucional de junio de 1907, durante el gobierno de Ramón Cáceres, que consignó la libertad de expresión “por medio de palabras o por medio de escritos o impresos sin censura”. Podemos decir que esta consagración constitucional es el punto de partida para una conceptualización de la libertad de expresión como un derecho que abarca más allá de la libertad de imprenta que se conocía hasta entonces.

En 1916 se produjo la primera intervención norteamericana en territorio dominicano, la cual se prolongaría durante seis años. Las tropas de ocupación establecieron la censura, a fin de evitar manifestaciones que alteraran a la población. Este es un período caracterizado por las medidas restrictivas propias de los regímenes de ocupación militar.

Las constituciones que hemos tenido han consagrado este derecho en términos similares, exceptuando la Constitución de 1959, que omitió la libertad de expresión y sólo recogió la libertad de conciencia y cultos.

El Nacional

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