Voto penitenciario
La Junta Central Electoral (JCE) estrenará el voto penitenciario en las elecciones generales de mayo, en primera etapa solo a nivel presidencial, un avance en ejercicio de derechos fundamentales consagrados en la Constitución a favor de privados de libertad sin condena definitiva.
La población carcelaria es de 26 mil personas al año pasado, según Procuraduría General de la República (PGR), sin embargo, el padrón entregado ahora por la JCE es de 21 mil, de los cuales 7 mil están hábiles para votar y 4 mil pertenecen al nuevo modelo penitenciario.
El ensayo es interesante, un avance y reconocimiento de que privación de libertad no implica automáticamente pérdida de derecho a elegir y ser elegido y que los presos preventivos son acreedores de presunción de inocencia mientras no le sea destruida con sentencia definitiva e irrevocable.
Parte de reclusos juzgados están en capacidad legal de votar si la condena impuesta no es criminal, situación en que por mandato supremo como pena accesoria son suspendidos derechos de ciudadanía, conforme artículo constitucional 24.1.
Poner en práctica el voto en centros de reclusión y rehabilitación supone gran esfuerzo y tesón de autoridades, como novedad tiene escollos iniciales y deberá ser perfeccionado para abarcar a futuro, además del presidencial, los niveles congresual y municipal.
Si solo votarán 7 mil privados de libertad, dispersos en 36 recintos de los cuales menos de la mitad (16) son del nuevo modelo de gestión penitenciaria, el proceso podrá controlarse sin tropiezos, con transparencia y colaboración de actores involucrados, incluyendo delegados políticos.
En cuanto a intención de voto previsible, no es aventurero vaticinar que la mayoría de presos preventivos electores, que por una u otra razón son víctimas de deficiencias del sistema que le constriñe su libertad y prolonga la indefinición judicial de casos, votarán contra candidatos del partido de turno.