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Siempre justicia San Pedro

Siempre justicia San Pedro

Susi Pola

Las cuatro víctimas de violencia de género contra las mujeres, VCM, dos muertas a manos de sus ex parejas en el año 2019, Annibel González y Juana Domínguez, una tercera, Dahiana Pepén, sobreviviente que manifiesta públicamente miedo de ser asesinada y una cuarta, Mildred Rivas, denunciando su prisión desde hace un año y medio por defenderse de su agresor, preocupan.

La coincidencia, San Pedro de Macorís, pone en entredicho el funcionamiento allí de la justicia para el fenómeno de la VCM y hace dudar acerca de los procedimientos aplicados con ellas, la mitad de ellas, asesinadas pese a acudir con insistencia al sistema de atención de la justicia.

Mildred Rivas, en prisión hace más de año y medio por agredir al victimario, habiendo sido víctima de él, violencias registradas en la justicia antes de la agresión por la que es acusada y que ella reconoce, dice fue para defenderse.
La Recomendación General del Comité de Expertas del MESECVI, en 2018, dice:” Ello abarcaría al ámbito doméstico y aquellos actos defensivos frente a agresiones de violencia en razón del género.

Esto, de la mano con la existencia de problemas estructurales en el acceso a la justicia para las mujeres en la región, ha causado que muchas de estas mujeres sean procesadas penalmente por el delito de homicidio o de lesiones en sus múltiples tipos, a pesar de haber actuado en defensa de sus propias vidas, e incluso de las de sus hijas o hijos.

El Comité toma nota de que el tema ha llamado la atención de organizaciones gubernamentales, quienes destacan la necesidad de incorporar la perspectiva de género en estos juicios. Diversos tribunales han identificado estas situaciones y han aplicado dicha perspectiva en sus sentencias, tomando nota del contexto de violencia de género en el que se encontraban las mujeres”.

Existe la Resolución No. 3869-2006 de la Suprema Corte de Justicia de Justicia que establece el Síndrome de la Mujer Maltratada, para la investigación de estos casos, además de la Política de Igualdad de Género del Poder Judicial Dominicano, protocolos y guías creados, a ser aplicados por jueces y juezas que tengan que sentenciar en VCM. Y por supuesto, la Ley 37-98 sobre Carrera Judicial y las causas de suspensión y retiro de jueces/zas.

También, el Plan Nacional Contra la Violencia de Género, de la Procuraduría General de la República, en su acápite 20 dice: “Aplicación de un régimen de consecuencias al personal de la UVG’s”, y de la obligación de evaluar las acciones del personal de servicio en las mismas.

¡Hay con qué investigar!

Por: Susi Pola
susipola@gmail.com

El Nacional

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