La Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet) aclaró este miércoles que es en las oficinas de los fiscalizadores de los Juzgados de Paz de Tránsito que se agotan los procesos legales para el pago de las multas por violación a la Ley 241 y no en esa institución, ya que ese proceso sale de su competencia.
El portavoz de esa entidad, Roberto Lebrón, dijo que hizo la aclaración por la gran cantidad de llamadas que recibe Amet de personas interesadas en cumplir con el mandado de la ley.
“El conductor debe comparecer ante la autoridad correspondiente, en este caso ante el fiscalizador del Juzgado de Paz o del Juzgado de Paz Ordinario, para iniciar las diligencias procesales de rigor, a menos que el infractor decida pagar de manera voluntaria el monto de la multa, conforme manda el artículo 182 de la citada legislación”, dijo.
Lebrón explicó que Amet tampoco tiene participación en el pago voluntario, sino que el interesado debe acudir al Banco de Reservas, provisto del acta comprobatoria de infracción o un volante entregado por el fiscalizador correspondiente. Hacer esto le permite al conductor liberarse del juicio, de acuerdo a lo previsto en el artículo 182 de la Ley 241.
A los conductores y choferes sugirió observar la fecha de la citación que aparece en las actas, documento descrito por el artículo 80 de la Ley 241 de la siguiente manera: una denuncia suscrita por el agente actuante para que el infractor comparezca ante el tribunal correspondiente en una fecha no menor de 10 días y menor de 15, contados desde la fecha de la transgresión.
Asimismo, informó que el director de Amet, general Juan Gerónimo Brown, instruyó a las unidades de la institución, sobre todo a las que trabajan en las autopistas y carreteras, para que no permitan el paso de camiones cargados de materiales que no estén provistos de las lonas que evitan que caigan fragmentos en las vías.

