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Afirma sentencia del TSA no anula aumento salario

Afirma sentencia del TSA no anula aumento salario

La sentencia del Tribunal Superior Administrativo que ordenó tomar en consideración lo establecido en la Ley de Clasificación Industrial para realizar reajustes del salario mínimo, no anula el reajuste acordado por el Comité Nacional de Salarios en julio pasado, éste sigue vigente y cualquier reajuste debe hacerse a partir de los niveles actuales, afirmó hoy la vicepresidenta ejecutiva de la Asociación de Industrias (AIRD).

Circe Almánzar afirmó a El Nacional que la AIRD había advertido, previo a que el CNS aprobara el reajuste salarial, que antes de tomar esa decisión se debía de cumplir con la Ley de Clasificación Industrial.

Opinó que la sentencia del TSA no anula el reajuste, sino que ordena cumplir con la ley.

Afirmó que de ninguna manera se puede plantear la posibilidad de disminuir salarios. “Es un tema complejo”, dijo, al plantear que fue ese uno de los motivos por los que la AIRD planteó que previo al aumento salarial, se debía cumplir con la Ley de Clasificación Industrial.

“Ahora, cualquier reajuste que se haga debe ser en base a los niveles de salarios existentes.
Afirmó que existe una gran brecha entre el salario mínimo de las medianas y las grandes empresas. Esa diferencia se acerca a los cuatro mil pesos, precisó.

Ayer la Federación Dominicana de Comerciantes y la Federación de Asociaciones Indistriales dieron a conocer la sentencia del TSA en la cual estableció que el último aumento salarial establecido por el Comité Nacional de Salarios (CNS), acordado el pasado 9 de julio, fue declarado inadmisible en cuanto a la forma y ordena al CNS cumplir con lo establecido en la Ley 187-17 para la clasificación de las empresas al momento de fijar las tarifas de salarios mínimos.

La sentencia número 0030-02-2019-SSEN-00341 emitida por al TSA fue notificada el día 18 de diciembre a todas las instituciones gubernamentales vinculadas a las Mipymes, según las entidades que habían elevado una demanda sobre el particular en la corte.

Iván de Jesús García presidente de la FDC y Ramón Porfirio Báez, presidente de la FAI, en rueda de prensa expresaron que la sentencia fue notificada mediante acta de alguacil al Ministerio de Trabajo, al Comité Nacional de Salarios, al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, al Consejo Nacional de la Seguridad Social, a la Tesorería de la Seguridad Social y la Presidencia.

De Jesús García, advirtió y emplazó al CNSS y a la TSS a suspender de manera inmediata las notificaciones y los cargos por intereses irregulares realizados a las Mipymes que no pudieron pagar el salario mínimo.

“El CNS debe de reunirse y emitir una nueva resolución, cumpliendo con los procedimientos y procesos a la mayor brevedad posible dentro de las formalidades de la ley107-13”, dijo.

El Nacional

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