Para justificar su abanderamiento, abogados con intereses personales en la creación del Tribunal Constitucional se han valido de un amplio recetario de argumentos, explicaciones y recursos, sin excluir críticas inmerecidas a la Suprema Corte de Justicia y a la actitud asumida por su Presidente con motivo de este tema.
Ganados por el afán de atraerse respaldo, han expresado que el balance de los últimos 12 años de jurisprudencia constitucional ha sido deficitario. Se han cebado en una que otra de las múltiples decisiones rendidas en esta materia, omitiendo referirse a otras tantas trascendentales que reconocen el alto nivel de eficiencia e independencia política de nuestra SCJ.
¿Que este o aquel fallo revela la necesidad de crear una jurisdicción constitucional? Si partiésemos de esto, ¿por qué los críticos de la SCJ no se han referido a la decisión que declaró inconstitucional el párrafo 4 del artículo 81 de la Ley de Telecomunicaciones, ni a la que anuló los artículos 63, 80 y 143 del Código Tributario? ¿Por qué no mencionan la que dejó sin efecto el artículo 1 de la Ley 236-05, que masacraba el principio de la irretroactividad legal?
Escogemos a legisladores para que en virtud de su parecer discrecional, voten a favor o en contra de los proyectos. Sin embargo, por cobardía, incapacidad o interés de ser bien vistos por el liderazgo del partido al que pertenecen, se convierten en lastimosas estampillas de la voluntad ajena. Pase lo que pase, algún día este país deberá reconocerle a la SCJ el haber sepultado la desigualdad de todos ante la ley, que mantuvo su infeliz vigencia hasta 1997; algún día les reconoceremos a sus miembros la honradez, generadora del clima de seguridad jurídica, y reconoceremos también que haberle sustraído el control de la constitucionalidad, fue un error provocador de odiosas arbitrariedades presidenciales. ¿Un consejo? Recorte este artículo y guárdelo, que llegará el momento de sacudirle el polvo y confirmar lo que he escrito.

