Opinión

Anécdotas de un ex juez 1 de 2

Anécdotas de un ex juez 1 de 2

Cuando desempeñábamos las funciones de juez del Juzgado de Paz de la Quinta Circunscripción del Distrito Nacional, acumulamos importantes experiencias, algunas desagradables relativas al procedimiento de fijación de sellos a bienes muebles de la comunidad matrimonial de esposos en proceso de divorcio, y de coherederos interesados en la partición de la masa común sucesoral.

La instancia de divorcio solicitando al tribunal la fijación de fecha para conocer la demanda de divorcio, faculta la mujer casada a trabar embargos retentivos y fijación de sellos a los bienes muebles adquiridos durante el matrimonio. Es un procedimiento que no requiere de notificación al esposo demandado ni está sujeto a contestación para su aplicación.
La medida persigue impedir que se distraigan los bienes tanto de la comunidad entre esposos y de los coherederos. El artículo 24 de la ley de divorcio expresa que la mujer común en bienes demandante o demandada en divorcio, podrá en todo estado de causa, a partir de la demanda requerir para la conservación de sus derechos la fijación de sellos sobre los efectos mobiliarios adquiridos por la pareja.

Los sellos no podrán ser levantados, salvo que se realice un inventario estimativo, quedando el marido obligado a presentar los efectos inventariados o a responder de su valor como guardián judicial. En nuestra condición de juez del citado tribunal, fuimos requeridos por una señora casada para fijar sellos al propietario de un negocio de venta de carros, a fines de ejecutar la medida cautelar en las oficinas de su marido. La dama hizo la advertencia de que su cónyuge era violento.

Mediante un auto emitido por nosotros, acompañado de la secretaria del tribunal y de dos policías, nos trasladamos al establecimiento comercial y le notificamos al esposo demandado el objeto de nuestra presencia y él nos respondió “estoy sorprendido de esta situación porque mi esposa durmió conmigo e hicimos el amor, me preparó desayuno y me despidió con un beso esta mañana”. Quizás si el episodio ocurriera en esta época, se hubiese registrado un femenicidio.

Donde hay muchas fricciones es cuando el procedimiento se realiza a requerimiento de algunos de los coherederos. Generalmente, cuando fallece un hombre que ha tenido hijos con su esposa y otras mujeres, los llamados “hijos de la calle” son los primeros en solicitar la fijación de sellos, y cuando se trata de negocios, los mismos tienen que ser cerrados por el juez y las llaves permanecerán en la secretaria del tribunal, hasta que se haga un inventario definitivo de las cosas selladas.

El Nacional

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