El Tribunal Constitucional fue apoderado de un recurso contra una decisión de la Suprema Corte de Justicia por violación a derechos fundamentales de un hombre que había tenido ganancia de causa y su decisión se había convertido en definitiva.
Sin embargo la Suprema Corte de Justicia revocó su propia decisión y se contradijo con la que había emitido anteriormente cuando esa sala presidida por el entonces juez de ese tribunal Juan Luperón Vásquez, determinó que no surtía ningún efecto jurídico una transferencia entre Jaime Núñez Cosme, Gladis Altagracia Guerra y Ramón Eduardo Lora.
Esa misma sala ahora presidida por el magistrado Manuel Ramón Herrera Carbuccia, emitió una decisión que contradice ese mismo tribunal tras conocer de una decisión el pasado mes de junio que ya había sido juzgada y que adquirió la cosa irrevocablemente juzgada.
El recurso fue interpuesto por violación al derecho de propiedad, al debido proceso y por violación a la propia ley de casación.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia conoce de los casos laborales, tierras, contenciosos, administrativos y tributarios.
