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Aún no aplican medidas Carta favor población

Aún no aplican medidas Carta favor población

El Gobierno  todavía no ha comenzado aplicar  gran parte de las disposiciones   incorporadas en la Constitución  destinadas a beneficiar a la población, a   dos años,  cinco meses y  12 días después  de su   proclamación.

La Constitución entró en vigencia  el 26 de enero de 2010,   creando varias figuras jurídicas y normativas para  promover la producción agrícola e industrial,  seguridad, educación,   pero hasta el momento  sólo se han creado los tribunales Constitucional  y Superior Electoral.

Entre las disposiciones que todavía no  se han comenzado aplicar están las  contempladas en el   artículo  51 numeral tres  que  declara de interés social  la tierra para  fines útiles y la eliminación gradual del latifundio  (las grandes porciones en  una sola persona), la promoción de la reforma agraria, el desarrollo nacional y la renovación de los métodos  de producción agrícola.

Sin embargo, en la actualidad el Ministerio de Agricultura  ni el   Instituto Agrario Dominicano (IAD) están haciendo nada para cumplir  estas medidas y se desconoce cuándo se  realizó el  último asentamiento campesino.

También  el  Banco Agrícola  apenas tiene una cartera de préstamos de RD$8000  millones anual, según los reportes de organismos oficiales.

Otro artículo que todavía es letra muerta es el  53  que  ordena que  toda las personas tienen derecho a consumir  bienes y servicios de calidad. “Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas  por  bienes y servicios de mala calidad tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley”.

Todavía la  población  no hace uso de este recurso porque  ningún ciudadano que haya sido perjudicado  por haber consumido productos de mala calidad ha sido indemnizado, sin embargo  en este renglón hay  que reconocer  el trabajo que viene realizando la dirección del  Instituto Nacional de Protección a los Derechos del Consumidor(Proconsumidor)  abogando por  reivindicaciones a la población.

Otro artículo sin aplicación es  el  55 numeral  13 dedicado  a promover  el desarrollo de la juventud, la capacitación y su acceso al primer empleo, pero todavía ningún organismo oficial  trabaja  en esa dirección  excepto los programas del Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología que tienen  abiertos varios  programas  otorgando  becas nacionales e internacionales a los jóvenes  que tengan interés en realizar estudios en distintas universidades del extranjero.

   El artículo  57 de la Constitición del   26 de enero  del  2010  ordena que el Estado debe  brindarles asistencia a las personas de la tercera edad y promover su integración a la vida activa y comunitaria. “El Estado garantizará los servicios de seguridad social y el subsidio alimentario en caso de indigencia”.

El Nacional

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