Por Danilo Cruz Pichardo
danilocruzpichardo@gmail.com.-
El numeral 1 del Artículo 39 de la Constitución reza así: “La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes”.
Ni la Constitución ni ninguna ley ordinaria observa categoría de superioridad entre civiles y militares. Las protecciones excepcionales se circunscriben a discapacitados, envejecientes y mujeres embarazadas. Sin embargo, con motivo de la pandemia y las largas filas que se forman en las sucursales del Banco de Reservas, sobre todo durante los días de pago, a los viejos de ambos sexos, a las preñadas y a los enfermos también se les ve haciendo fila.
Es una fila especial, pero fila al fin y a veces muy larga, en pleno sol o bajo llovizna.
Los únicos que no hacen fila son los policías y los militares. Basta con presentar un carnet de identificación cuando visten ropa de civil, aún sean jóvenes con excelentes estado de salud. ¿Amparado en qué ley el Banco de Reservas, históricamente, concede un privilegio tan irritante?
Hay que admitir que la presente administración ha tomado algunas medidas que procuran transparentar el desenvolvimiento de las instituciones públicas. Y que, de igual manera, aboga por el respeto a la Constitución y a las leyes subjetivas,.
En las plazas comerciales, tiendas y supermercados (establecimientos del sector privado) sí he comprobado que no conceden privilegio a ningún cliente, salvo a aquellos que están amparados por la ley:
Es una vergüenza que el sector privado exhiba mayor apego y respeto al Art. 39 de la Constitución que una institución del Estado, cuando el ejemplo, en término de cumplimiento a las leyes, debe empezar por el gobierno.

