Simón se pensiona
Señor director:
La figura emblemática de la narración de carreras de caballos como estelar en la región caribeña, Simón -El Mago- Alfonso Pemberton, famoso por su peculiar estilo de narración, dedicado hoy en el hipódromo V Centenario a ofrecer las estadísticas carrera tras carrera, se ha visto compelido a optar por su pensión otorgada por el Estado y no continuar en su labor por no ser compatible con su condición de empleado en el hipódromo que es regenteado por el gobierno, que lo rige a través de la Comisión Hípica Nacional, que actualmente preside el antiguo dueño del campeón nativo Sicótico, señor Manfred Codik…El Estado tiene a cargo la rectoría de las actividades hípicas desde que la empresa Galápagos cumplió el arriendo del hipódromo por 10 años (1995-2005)…El Mago de la narración Simón Alfonso Pemberton obtuvo el beneficio de una pensión del Estado otorgada por el presidente Leonel Fernández y esa condición colide hoy con la ley que establece que no se pueden percibir dos salarios como empleado en el tren administrativo del Estado, lo que ha sido notificado a través de una carta presentada a la CHN por la Contraloría General de la República.Codik lo dice de esta forma: «Recibimos una carta de la Contraloría donde nos dan un plazo de 15 días para regularizar a todos los empleados de la CHN que tienen pensiones del gobierno y que no pueden percibir pensiones y empleos a la vez o con sueldos en la nómina.
Desafortunadamente, Simón está en esa situación, y él mismo me notificó que prefería quedarse con el sueldo de la pensión y desarrollar su tradicional programa de radio «Actualidad Hípica».
La nómina que me envió la Contraloría, consta de unas 18 personas, en esa condición, hasta ahora.
La Contraloría, vencido el plazo de los 15 días, no permitirá el pago del sueldo de la CHN a empleados con pensión, si no renuncian a la pensión, algo que pueden hacer de manera provisional».
Y es que resulta que conforme la ley que regulariza el desempeño en las funciones públicas, quien adquiere una pensión o tiene el estatus de jubilado no puede ejercer labor como empleado en organismos estatales, a menos que se suspenda esa condición y se reasuma al abandonarla…
Atentamente,
Tomás E. Montás