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El lavado de activos

Señor director:
El lavado de activos o blanqueo de capitales, consiste en todas la acciones o actividades tendentes a darle apariencia de legalidad a fondos o activos de origen ilícito, este delito está atado a la existencia de la comisión de un delito previo y conducente a la obtención de beneficios, que posteriormente serían integrados a los mercados y sectores económicos y financieros como legítimos.

En la mayoría de los países del mundo esta conducta está tipificada como un delito y dado su alcance y desarrollo; además de su impacto en las actividades financieras; así como el negativo fortalecimiento y financiamiento del mundo criminal ha llevado a los gobiernos a tomar medidas.

En este contexto la República Dominicana, el pasado 31 de mayo del año 2017, promulgó la ley 155-17, bajo el título de Ley Contra Lavado de Activo y el Financiamiento del Terrorismo, una ley que deroga y sustituye casi en su totalidad a la antigua ley de lavado No. 72-02, solo deja en vigencia y con un carácter transitorio los artículos 14, 15, 16, 17 y 33, relativos a la administración y disposición de los bienes incautados, decomisados y abandonados, previstos por el numeral 6, del artículo 51 de la Constitución, cuando hace reserva de ley para posterior desarrollo legislativo, en la materia referida.

Cabe explicar que la nueva normativa es el producto del seguimiento sostenido del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), creado en la cumbre de París en julio de 1989, por el grupo de países más industrializados G7, en la actualidad está integrado por 34 países, 2 organizaciones regionales, 8 miembros asociados y 25 organizaciones internacionales como observadores, entre las que resaltan el FMI, la ONU y el Banco Mundial.

l GAFI es un ente intergubernamental, cuyos objetivos son: fijar estándares y promover la implementación efectiva de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, y otras amenazas a la integridad del sistema financiero internacional.

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), del cual forma parte la República Dominicana, presentó como política de acción, en abril de 1990, unas 40 recomendaciones para que los países la adapten e implementen a sus legislaciones y circunstancias particulares, en interés de combatir el blanqueo de capitales a través de un marco regulatorio tipo.
Atentamente,

Trajano Vidal Potentini

El Nacional

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