Opinión

Cartas de los lectores

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Poder Judicial

Señor director:

La reforma a la Constitución de la República que le atribuye a un Consejo Judicial Superior el manejo del presupuesto de la Justicia y el poder disciplinario para aplicar sanciones a los jueces, reduce notablemente las atribuciones de la Suprema Corte de Justicia.

La Suprema Corte de Justicia ha gozado hasta hoy de autonomía presupuestaria, y esto es lo que le permite manejarse con libertad y no depender de otro poder del Estado.

Asimismo, el más alto tribunal  es el que juzga las faltas graves imputadas a los jueces inferiores.

También el llamado Consejo Judicial Superior será el organismo que designará a los magistrados, exceptuando a los jueces de la Suprema Corte de Justicia, que seguirán siendo escogidos por el Consejo Nacional de la Magistratura.

En síntesis, estas modificaciones introducidas a la Carta Magna despojan de atribuciones esenciales a la Suprema Corte de Justicia, un organismo que, hasta el día de hoy, ha mantenido una vigilancia estricta sobre los jueces inferiores.

Son muchos los juicios disciplinarios que ha realizado la Suprema Corte de Justicia contra jueces que han actuado de manera irregular en el ejercicio de sus funciones.

Muchos de ellos han sido destituidos. Mejor dicho, son destituidos  cuando el caso así lo amerita.

La creación de una Sala Constitucional no le restaba capacidad facultativa ni administrativa a la Suprema Corte de Justicia.

Tal jurisdicción lo que iba a hacer era ampliar la matricula del más alto tribunal que, de por sí, está dividido en varios salas.

La autonomía presupuestaria del Poder Judicial fue una conquista anhelada diramte muchos años  y, al transferir el manejo de la asignación económica a otro organismo, el legislador impide que la Suprema pueda seguir con sus planes de capacitación de quienes hacen carrera judicial y de construir infraestructuras que ayuden a un mejor desempeño en la administración de justicia.

Creemos que estas reformas al Poder Judicial constituyen una involución.

Como toda involución, hay que decir que en nada favorecen la seguridad jurídica y la fortaleza de los tribunales para actuar con firmeza y equidad  en los asuntos de su competencia.

Atentamente,

Dr. Hugo A. Ysalguez

Santo Domingo

El Nacional

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