La Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) no detendrá la construcción de la planta termoeléctrica de Punta Catalina, pese a la sentencia del Tribunal Superior Administrativo que ordenó la suspensión de la licitación internacional para la construcción de la misma en Peravia, debido a que la decisión del tribunal hace referencia a un proceso que concluyó hace ocho meses, dijo hoy una fuente de la entidad.
El informante aseguró que tras la culminación de la licitación internacional y del inicio de los trabajos de construcción de la central termoeléctrica, que “sólo Dios detiene la construcción de la misma”, indicando que ninguna estratagema doblará la decisión del Gobierno de buscar una solución definitiva a la crisis de generación de electricidad en el país.
La construcción de la Central de Punta Catalina se inició hace varios meses y la CDEEE informó recientemente que se han invertido en la misma 200 millones de dólares, que para esos fines habían sigo asignados en el Presupuesto de Estado .
El informante de este diario fue enfático al indicar que la CDEEE no emitirá ninguna opinión oficial sobre la sentencia del TSA, debido a que el proceso a que hace referencia concluyó hace ocho meses y los trabajos de construcción de la obra marchan a plena capacidad.
La resolución 0055-2014 del TSA se produce ocho meses después de que la CDEEE concluyera la licitación publica internacional para la construcción de la Central de Punta Catalina, un ciclo combinado con capacidad para producir 752 megavatios, proceso que fue ganado por un consorcio integrado por las empresas Constructora Norberto Odebrecht, Tecnimont e Ingeniería Estrella.
La sentencia del TSA fue tomada en respuesta a una solicitud de medida cautelar interpuesta por la empresa china Gezhouba Group Company Limited y el Consorcio IMPE.
De acuerdo con el consorcio ganador de la licitación, este grupo “no alcanzó el mínimo de 40 puntos exigidos para completar satisfactoriamente la primera fase del proceso y fue excluida de la fase siguiente de apertura de ofertas económico-semifinalistas”.
Llamó la atención que en su sentencia el TSA da una “bajadera” a la CDEEE para no cumplir con la misma al indicar que “las medidas ordenadas pueden dejarse sin efecto si se aprueban circunstancias que no se tuvieron en cuenta al concederse y que harían variar la decisión, si cambian las circunstancias que se adoptaron, y si la entidad pública demandada acredita que la medida cautelar adoptada lesiona gravemente el interés público”.
La base de la solicitud de la empresa china sobre la cual se emitió la sentencia del Tribunal se refiere a una supuesta sobrevaluación del costo de la obra en más del doble de la propuesta realizada por esa empresa.

