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Cree es correcta sentencia caso Redondo Llenas

Cree es correcta sentencia caso Redondo Llenas

El especialista en Derecho Penal John Garrido expresó que la sentencia de amparo que reconoce que el interno Mario José Redondo Llenas podrá publicar artículos de opinión es correcta y ajustada al derecho.

Sostiene Garrido que las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de la ONU dispone la prohibición de que a los reclusos se le pueda separar del mundo exterior, y dispone que cualquier medida que vaya en ese sentido es catalogada como medidas aflictivas por el hecho mismo de que despojan al individuo de su derecho a disponer de su persona al privarle de su libertad y que las medidas disciplinarias no deberán agravar más la situación que vayan más allá de la prisión.

Recordó que las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos es algo que tiene carácter constitucional,  por ser ratificado por el Estado dominicano que reconoció que el régimen penitenciario debe tratar de reducir las diferencias que puedan existir entre la vida en prisión y la vida libre en cuanto éstas contribuyan a debilitar el sentido de responsabilidad del recluso o el respeto a la dignidad de su persona.

Precisó que el propósito de un tratamiento penitenciario deberá evitar la exclusión de los demás derechos de los reclusos y que los tratará como que continúan formando parte de la sociedad.

Indica Garrido que el derecho penitenciario dominicano tiene como base jurídica a las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, instrumento   que fue adoptado por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobado por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de mayo de 1977 del cual el país es signatario por la firma de este documento.

UN APUNTE

Sentencia

La sentencia no solo reconoce el derecho de Redondo Llenas a escribir en los medios de comunicación, sino de los demás presos. La decisión fue dictada por el  juez del tribunal de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, quien reconoció el derecho que tienen los presos a expresar libremente sus pensamientos en los medios escritos.

El Nacional

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