La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que establece que no son dominicanos los hijos nacidos en el país de padres extranjeros en tránsito e ilegales, no afecta en nada a los haitianos residentes en República Dominicana y por el contrario los beneficia, en razón de que ordena a la Junta Central Electoral y a Migración su regularización. E incluso, la sentencia dicta pauta sobre cómo de una forma sencilla los hijos de padres extranjeros pueden obtener la nacionalidad, por vía de la naturalización previo un proceso de residencia que se le encomendó a la Dirección General de Migración.
Dicha sentencia, entre otras medidas, ordena a la Junta Central Electoral la restitución de las actas de nacimiento de los hijos nacidos en el país de padres extranjeros en tránsito e ilegales que se encuentran en el Registro Civil. Dicha medida se encuentra en el dispositivo tercero de la sentencia.
Esto permitirá que en lo adelante, todos los extranjeros en esa condición, en especial los haitianos inscritos en el Registro Civil, podrán acudir a la Junta Central a requerir sus respectivas actas de nacimiento para hacerla valer en la Dirección General de Migración para obtener un permiso de residencia que después servirá de vía para la obtención de la ciudadanía.
La sentencia ordena también a la Dirección General de Migración otorgarle un permiso especial de estadía temporal en el país a los extranjeros (en especial a los haitianos) que se encuentran en esa condición, hasta que el Plan Nacional de Regulación de los Extranjeros, establecido por ley, determine su situación migratoria. Esto se encuentra en el dispositivo cuarto de la sentencia.
Mientras, el dispositivo quinto de la sentencia ordena a la JCE realizar una auditoría minuciosa de los libros-registros de nacimiento del Registro Civil desde el 21 de junio de 1929 hasta la fecha para identificar e integrar en una lista documental o digital a los extranjeros inscritos en el Registro Civil.
También ordena consignar en una lista los extranjeros que se encuentran irregularmente inscritos en el Registro Civil y la creación de un libro-registro especial anual de nacimiento de extranjeros desde el 21 de junio de 1929 hasta el 18 de abril del 2007, fecha en que la Junta puso en vigencia el Libro de Registro de Nacimiento de Niño de Madre Extranjera no Residente en República Dominicana.
Dichas medidas dispuestas a propósito de un recurso de amparo interpuesto por la señora Juliana Deguis Pierre, beneficia a los haitianos indocumentados para la obtención de la residencia y la ciudadanía.
