Opinión

Debate artificial

Debate artificial

La discusión desatada sobre el tribunal Constitucional es artificial y extemporánea. Ese debate se llevó a cabo en su oportunidad: Cuando se definía el diseño de la Constitución. Asumido el nuevo texto, lo que queda es acatar el sistema  elegido a través de él, lo cual debe hacerse al margen de nuestras preferencias y, sobre todo, por encima de conveniencias políticas coyunturales.

 No tiene sentido repetir ahora una polémica que no sólo se hizo y fue decidida, por cierto en un sentido muy claro, sino que es inconducente, porque a través de ella no puede revertirse lo que está plasmado en la Constitución, lo cual, sólo sería posible por medio de una reforma de la Carta Magna.

 El único aspecto válido a debatir en este momento es el que atañe a la ley orgánica del Tribunal Constitucional, lo que en ningún caso puede hacerse por encima de las ineludibles disposiciones constitucionales. El asunto “controvertido” surgió por las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que conoció, las cuales vulneran los preceptos constitucionales sobre la materia, lo cual, dicho sea de paso, no podía ocurrir sin la anuencia del líder político que controla ese órgano del Estado, que no es otro que el propio Presidente de la República.

 Habría que preguntarse qué se persigue estimulando esta situación que, como digo, es provocada, y que conduce a transitar el peligroso camino de desandar un sendero que se había agotado y que revierte el momento a un punto en que parecería que carecemos de un referente constitucional que, lejos de eso, no deja lugar a dudas sobre el tópico en cuestión, salvo que se quiera “pescar en río revuelto”.

 La respuesta a esa interrogante hay que encontrarla en lo que ha sucedido en la estructuración de los altos órganos de la administración pública que se ha hecho en el pasado reciente. En todos esos casos, se han creado, también de forma artificial, escenarios que tienen el propósito de generar la sensación de que se está actuando con sentido abierto y democrático y al final se seleccionan personas desprovistas de la independencia de criterio que les permita asumir posiciones disidentes de las directrices trazadas por las fuentes de sus designaciones.

 Por encima de su ley orgánica, de sus atribuciones y alcance de sus decisiones, el supremo interés del Poder es conformar un Tribunal Constitucional que garantice la concretización de sus designios estratégicos.

El Nacional

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