Opinión

EDITORIAL: Así es que funciona

EDITORIAL: Así es que funciona

La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) varió las medidas de coerción que impuso un juez de Instrucción Especial, contra siete de diez imputados en el expediente de soborno de la empresa Odebrecht, de prisión preventiva a prestación de fianza y reclusión domiciliaria.
Los jueces admitieron el arraigo y la inexistencia del peligro de fuga de los imputados favorecidos con la libertad bajo fianza, aunque el procurador general expresó temor de que algunos de los involucrados puedan realizar maniobras para obstruir la justicia o sustraerse del debido proceso.
La sociedad debería recibir esa decisión con la misma comprensión que la evacuada por el juez Francisco Ortega Polanco, porque fue pronunciada por un tribunal competente debidamente apoderado por la parte recurrente.
También se acoge como bueno y válido el voto disidente de la magistrada Mirian Germán Brito, presidente de la Sala Penal que conoció el recurso de apelación, porque simplemente ejerció un derecho a motivar su discrepancia frente al criterio o sufragio de sus colegas.
La jueza Germán Brito ha reclamado que se distinga claramente el objeto de la prisión preventiva, que con frecuencia se confunde con la finalidad de la pena, aunque también reconoce que el juez ha de poner el equilibrio entre las garantías del imputado y la protección de la sociedad y las víctimas de la infracción.
Lo que se puso a consideración de esa sala penal fue determinar si la medida de coerción de prisión preventiva se corresponde o no con el arraigo de los imputados o con el presupuesto de pruebas en su contra, sin que la decisión del tribunal se refiera al fondo de la acusación, ni aun a la parte de corresponder a un juicio preliminar.
Ha hecho bien el procurador general, Jean Alain Rodríguez, al evocar su respeto a la sentencia de referencia, aunque advierte que el Ministerio Público recopilará evidencias adicionales con la finalidad de probar su acusación contra los imputados. Ese es su compromiso.
Mansos y cimarrones deben entender que los fiscales investigan, persiguen y acusan, y los jueces revisan pruebas de cargo y descargo, a partir de las cuales y de conformidad con la ley y con el derecho, pronuncian sentencias que solo pueden ser atacadas por vía de los recursos. Así funciona la democracia.

El Nacional

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