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Empresas denuncian interferencias

Empresas denuncian interferencias

Satel y Telemicro reclaman intervención del Indotel y sanciones para Orange

La empresa Servicios Ampliados de Teléfonos (Satel) y el Grupo Telemicro acusan a la telefónica Orange Dominicana de usar ilegalmente algunas de sus frecuencias. Las empresas informaron en un comunicado que apoderaron del caso a los tribunales y al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) para que impongan las sanciones correspondientes.

“Satel y el Grupo Telemicro reclaman ser propietarios de las frecuencias telefónicas comprendidas desde el rango 941 al 960 y de las 2110 hasta la 2120, las cuales desde hace tres años están siendo utilizadas, de manera ilegal e inconsulta, con el consecuente beneficio económico, por Orange Dominicana”, precisa el documento.

Explicaron que Orange ha utilizado las frecuencias del segmento 2110 al 2120 para ofrecer la tecnología 4G en sus servicios de telefonía e internet y las restantes en su tecnología 3G. Aseguraron que el uso de esas frecuencias le permitió alcanzar un volumen de negocios de 451 millones de euros en el 2012.

Advirtieron a la empresa Altice, representada por el señor Patrick Drahi, que Orange Dominicana no estaba autorizada a comercializar con los segmentos de frecuencias que aseguran son propiedad de Satel.

Detallaron que Indotel sólo le había permitido mediante resolución 122-09, del 30 de noviembre del año 2009, una autorización provisional por seis meses para fines de realizar pruebas en las frecuencias del 940 al 945.

Satel y el Grupo Telemicro aseguraron que las frecuencias les fueron otorgadas por la antigua Dirección General de Telecomunicaciones el 7 de julio de 1998 mediante las resoluciones 09-38, 09-39 y 12-36, esta última de fecha 7 de septiembre del 1998 por el entonces titular de ese organismo regulador, ingeniero Rubén Montás Domínguez.

Dicen que denuncian la situación públicamente porque entienden que los principales ejecutivos de Orange han mostrado actitud “beligerante y de altanera indisposición”.

Precisaron que el artículo segundo de la referida resolución de Indotel indica: “Disponer que el permiso provisional otorgado mediante el ordinal Primero, que antecede, se extinguirá automáticamente, con la simple llegada del término, por lo que las pruebas a ser efectuadas por Orange Dominicana S.A., a través de las referidas frecuencias, no podrán exceder de las fechas autorizadas en esta resolución, a cuyo vencimiento Orange Dominicana deberá concluir, de manera inmediata y sin necesidad de requerimiento de Indotel, el uso de las mismas so pena de sufrir la aplicación de las sanciones establecidas por la Ley General de Telecomunicaciones número 153-98”.

 

El Nacional

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