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HECHOS QUE  NO PRESCRIBEN

HECHOS QUE  NO PRESCRIBEN

Los juicios a los criminales de guerra en el teatro de las operaciones militares y a los gobernantes que impartieron las órdenes para sus ejecuciones marcan en realidad un precedente, una referencia histórica, con el Tribunal de Nuremberg para ajusticiar a los criminales de guerra nazis del III Reich que lideró Adolfo Hitler luego de la II Guerra Mundial (l939-l945).

Con el deliberado propósito de destruir la menor referencia positiva del nazismo vencido, el secretario de Estado de los Estados Unidos, Cordel Hull, viajó a Moscú, donde firmó con el premier ruso Viacheslav Molotov y el premier inglés Anthony Eden, el 1 de noviembre de l945, un compromiso para juzgar a los criminales de guerra nazis.

El 25 de octubre de l94l, el primer ministro del reino Unido, sir Wilson Churchill, advirtió a Hitler que sería pasible junto a quienes se excedieran en la guerra, de ser acusados de criminales de guerra.

Resultó ser así en Nuremberg, que escurrió de entre los acusados al dictador José Stalin, que ordenó eliminar a l4 mil oficiales polacos en la matanza de Katyn porque, perverso, sentenció; ” Sin oficiales, no hay tropas”

El 1 de octubre de l946, los jueces del Tribunal Militar de Nuremberg dictaron sentencias  de muerte en la horca a Martín Bormann, Hans Frank, Wilhelm Frick, Alfred Jodl, Ernst Kaltenbruner, Wilhelm Keitel, Joachim von Ribbentrop, Alfred Rosenberg, Fritz Sauckel, Arthur Seyss-Inquart.

Cadena perpetua a Walter Funk, Rudolf Hess y Erich Raeder, y 20 años a Baldur von Schirach y a Albert Speer,  mientras a diez años a Kart Doenitz.

 El tema de los criminales de guerra se inserta en las recientes informaciones de los medios de nuestros medios de comunicaciones que acusan al ex ministro de las Fuerzas Armadas, almirante Ramón Emilio Jiménez Reyes, Mil ó El Timacle para sus amigos, de transmitir la orden de muerte al coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó en las lomas de Nizaíto, San José de Ocoa, recibida del presidente Joaquín Balaguer, que cuando le informaron  la captura de Caamaño, respondió: “Aquí no hay cárcel para ese preso”.

Era una sentencia de muerte en clave compañeros desde la isla de Guadalupe, por la playa de Caracoles de Ocoa, con el propósito de derrocar al presidente Balaguer con el pretexto bastante correcto de que presidía un gobierno de facto producto de las elecciones viciadas del 16 de mayo de l970.

 Caamaño carecía de formación política y contactos internos para respaldar su proyecto, contrario a Fidel Castro que organizó una estructura de respaldo en Cuba.

 Caamaño escogió un momento de euforia campesina porque el 30 de marzo de l972, el presidente Balaguer proclamó en ocasión del aniversario de la supuesta batalla del 30 de marzo de l844 en Santiago que los soldados de la patria garantizarían la cobertura de una ambiciosa reforma agraria.

Ahora, 39 años después, la familia del coronel Caamaño inician las gestiones para conducir a los tribunales como criminales de guerra,  al ex presidente Balaguer, in absentia, al almirante Ramón Emilio Jiménez Reyes, que recibió la orden de eliminar a Caamaño y al general Héctor García Tejada, también in absentia.

 Caamaño fue capturado herido en una pierna y esta ba  amparado en la Convención de Ginebra  que es muy específica en sus artículos tres, cuatro y cinco alusivo al trato que debe dispensárseles a los prisioneros de guerra.

El Nacional

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