¿Tiene la Policía un código de ética y cuál es el organismo responsable de velar por él?
Ciertamente la Policía posee varias normas que podríamos tomar como códigos de ética o conducta, entre las que se encuentran: el Código de Justicia Policial, la Ley 5230 que sanciona las faltas disciplinarias, al igual que el reglamento interno, las cuales casi en su totalidad están desfasadas a raíz de las transformaciones del sistema de justicia dominicano.
En cuanto a los responsables de salvaguardar la ética y las buenas costumbres de los miembros policiales, están: los inspectores a través de la Inspectoría, la Consultoría jurídica de la Policía y como la principal la Dirección Central de Asuntos Internos, cuya misión es: prevenir, investigar, vigilar, controlar y recomendar acciones correctivas ante toda conducta impropia de los miembros de la Policía Nacional de la República Dominicana, velando por el fiel cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos que rigen las actuaciones del cuerpo policial.
Sin duda alguna la corrupción es uno de los principales flagelos de la humanidad. Bien dice la organización Transparencia Internacional que la corrupción es un problema global que afecta a la vida personal, política y económica de los pueblos, pues según el Índice de Percepción de la Corrupción 2007 que hiciera dicha organización, el desfase en los niveles de percepción de la corrupción en países ricos y pobres se muestra más amplio que nunca. Cabe destacar que Transparencia Internacional es la única organización mundial sin fines de lucro dedicada completamente a la lucha contra la corrupción ( ).
La corrupción, el crimen, la violencia, la delincuencia, surgen con el hombre mismo. Desde los principios del siglo pasado hacia atrás existía un balance equilibrado, fruto de la fortaleza de principios y valores éticos que se convertía en una fuerza de contrapeso y control a lo incorrecto, a las malas conductas.
En los últimos años estamos descreciendo en las normas éticas y morales.
Con relación a este tema en el país se ha legislado en dos ocasiones sobre la ética y conducta de los funcionarios. La primera ley surgió al adherirnos al Código de Conducta para los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley que establece la resolución 34 -169 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y que ratificamos con la Ley 672 del 19 de julio de 1982 y más recientemente en el 2001 con la ley 120-01 que establece el Código de Ética del Servidor Público ambas. Ambas se aplican a los policías y cabe destacar que en estos momentos se hace imprescindible por parte de nuestra Policía el conocimiento y aplicación de ambos códigos como doctrina ética.
Nos llena de preocupación que como funcionarios públicos, específicamente como parte de la Policía Nacional, dejemos de lado estas normativas, hecho que abre paso a la anomia y la desestabilización social.
La aplicación de la deontología que se define como el estudio de los fundamentos del deber y las normas morales, se hace imperioso como cura a la terrible afectación ética que está viviendo la sociedad dominicana.
Las Organización de las Naciones Unidas nos definen como funcionarios encargados de cumplir y hacer cumplir la ley, y como tales, estamos llamados a dar el ejemplo, a ser probos en el desempeño de nuestras funciones.
Actúa siempre de tal manera que tu conducta pudiera servir de principio a una ley universal. (Immanuel Kant).

