Están causando malestar las decisiones de jueces que están libertando alegremente a imputados peligrosos, imponiéndoles medida de coerción que excluyen la prisión preventiva. Una juez varió la medida de coerción para poner en la calle a cuatro hombres acusados de traficar con 309 kilos de cocaína en la ruta Santo Domingo-San Pedro de Macorís. Ellos salieron de la cárcel con una garantía económica.
La jueza Awilda Reyes justificó el cambio de la medida argumentando que los presupuestos aportados por los imputados son suficientes y dan garantía de que se presentarán a los actos de procedimiento.
Resulta alarmante que un individuo que haya matado a su esposa y a otra señora se encontrara gozando de su libertad cuando intentó quitarle la vida a su tercera mujer, lo que indica que cualquier infractor sale libre con facilidad con la lenidad de algunos jueces.
Hay letrados que acusan a la Suprema Corte de Justicia de legislar en materia judicial, quitándole este rol al Congreso. Recuérdese, que el alto tribunal mediante resoluciones dictadas en distintas épocas instituyó la acción de amparo y reconoció derechos al concubinato. Ambas iniciativas fueron elevadas al rango constitucional y reguladas por leyes adjetivas.
La Suprema, cuyo presidente Jorge Subero Isa debe seguir en el cargo por haber tenido un excelente desempeño, ha tratado de trazar líneas a los jueces inferiores para que sean cautos en la aplicación de las medidas de coerción establecidas en el artículo 226 del Código Procesal Penal.
Los magistrados del orden judicial han hecho caso omiso a las recomendaciones contenidas en la resolución 58-2010 del 11 de febrero del año 2010, que llama a los jueces a tomar una serie de ponderaciones al momento de imponer una medida de coerción que facilite la libertad de un imputado desarraigado.

